Radio Aportaciones:  
--:--  | : 20hs-24hs -
Toggle Bar

    DICTAMEN O NO DICTAMEN?

    Estando a menos de 2 dias la presentacion de Declaracion Anual para personas morales y posterior haber tenido una reunion el dia de hoy, vuelve a mi la reflexion de como la llamada simplificacion administrativa que esta ejerciendo segun el gobierno en diversas dependencias entre ellas el SAT, lo  ha llevado a la publicacion de diversos decretos entre ellos el muy mencionado y comentado que nos dieron el pasado 30 de junio de 2010 como "PREMIO" para aquellos que nos dedicamos a la auditoria (lo digo con sarcasmo), "sensacion" el gobierno anunciaba la desaparicion del dictamen fiscal con todas sus letras, hasta de mencionarlo se me enchina la piel para quienes de una u otra forma parte de nuestro ingreso proviene de esta tan importante labor para la actividad economica y  tributaria del pais y dicho sea de paso para un buen control y seguridad de los empresarios en cuanto a su patrimonio, pues quienes nos dedicamos a esta area y hacemos nuestro trabajo con el profesionalismo y etica que se debe, sabemos que nuestro trabajo  contribuye a darle la certeza a las empresas en cuanto a su situacion fiscal y financiera con nuestra intervencion, de tal forma que a ese respecto se prevee cualquier situacion que pudiese poner en riesgo su patrimonio debio a una mala administracion que pueda repercutir en creditos fiscal impagables.

    Posteriormente, con la cabeza fria y despues de revisar el famoso decreto y meseeeeessss despues las famosas Reglas, nos dimos cuenta que de estimulo para el empresariado no tiene nada, sino que solo viene a causar confusion, ya que si bien es cierto el decreto les da la opcion de no presentar el dictamen fiscal, si les pide la presentacion de una serie de informacion que debe ser preparada por gente especialista en la materia, digo si las cosas se quieren hacer bien, pues de que encontraran quien le haga esa labor casi de gratis los hay, pero que sea un trabajo profesional? eso quien sabe verdad, al apegarte al beneficio te quita esa certidumbre que te da el dictamen que en el mismo CFF esta previsto que es lo que conocemos con la procedimiento de revision secuencial, ahora bien, si volteamos al lado financiero o de operaciones con algun tercero llamese bancos, clientes, proveedores, etc, el hecho de contar con tus estados financieros dictaminados es una excelente carta de presentacion de nuestras cifras ante terceros.

    No obstante lo anterior, lo primero que debemos tener en mente para poder asesorar a nuestros clientes correctamente, es que esten convencidos, que lo que les manifiestas y pones sobre la mesa es apegado a toda etica y con fundamentos, dejemos de lado el sentido de no querer perder el honorario y simplemente pogamos sobre la mesa "pros" y "contras" sobre la situacion arriba mencionada y que no vea el interes de nosotros de querer mantener un honorario, si su cliente es buen empresario aseguro seguira con el servicio del dictamen.

    Para concluir dejo este cuadro comparativo de Dictamen o Apegarse al "beneficio del Decreto"

    Si presenta dictamen fiscal
    Si opta por no presentarlo
    Se presentan 40 anexos, de los cuales 23 son obligatorios y 17 circunstanciales
    Se presentan 19 anexos, de los cuales 12 son obligatorios y 7 circunstanciales
    Puede obtener diversos beneficios, entre los que destacan: la revisión secuencial, complementaria por dictamen, reducción del plazo de devolución de saldos a favor, conclusión anticipada de visitas domiciliarias.
    Los beneficios no le son aplicables
    Disminuye el riesgo de revisión por parte de la autoridad fiscal
    Incrementa el riesgo de revisión por parte de la autoridad fiscal.
    Presentan más información a cambio de los beneficios citados.
    Presentan menos información pero no reciben los beneficios respecto de los que si dictaminan
    Comentario especial cortesia del CP Juan Carlos Gomez Sanchez  amigo del twitter siganlo en


     

    Encuestas

    Al navegar en sitios "especializados" que esperas o prefieres encontrar en portada;

    Artículos de temas fiscales. - 13.8%
    Artículos de temas laborales y seguridad social - 17.2%
    Artículos de temas contables y financieros - 6.9%
    Todas las anteriores - 58.6%
    Otros - 0%

    Votos totales: 29
    La votacion ya ha finalizado en: %11 %b %2019 - %00:%Jul

    Registro

    Uso Frecuente

    Dólar 14-Ene-2022 (Vie)    
    FIX $20.3118
    Publicación DOF $20.3607
    Para pagos $20.3660
    Euro 14-Ene-2022 (Vie)    
    Tipo de Cambio $23.2641
    TIIE 17-Ene-2022 (Lun)    
    TIIE 28 Días 5.7215%
    TIIE 91 Días 5.8675%
    TIIE 182 Días - - -
    TIIP - - -
    UDIs 25-Ene-2022 (Mar)    
    Valor $7.113456
    INPC May-2023    
    Tasa 128.084000000000
    CCP Dic-2017    
    M. Nal. 6.16%
    UDIs 4.53%
    Dólares - - -
    CPP 4.62%
    Recargos 2019    
    Mora 1.47%
    Plazos 0.98%
    Salario Mínimo 2023    
    General $207.44
    Frontera Norte $312.41
    UMA    
    Diario
    01-Feb-2023
    $103.74
    Diario
    01-Feb-2022
    $96.22

    Ayúdanos a conservar este sitio!

    ¿Quién está en línea?

    Hay 368 invitados y ningún miembro en línea