Con la desaparición de la compensación universal, por lo dispuesto en el Artículo 25 Fracción VI de la Ley de Ingresos de 2019 surgieron muchas interrogantes sobre las reglas que regulaban ¿? la compensación y que aun existían en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
Recordemos que gracias a la regla 2.3.11 RMF aún se puede compensar contra impuestos a cargo PROPIOS si derivan de cantidades a favor generadas hasta al 31 de diciembre de 2018 y que hayan sido declaradas. Se permite también la actualización de dicha cantidad a favor.
Una vez realizada la compensación surgía la duda ¿Debo presentar el aviso de compensación en el portal del SAT? Para resolver dicha duda acudíamos a la regla 2.3.13 RMF 2019 que menciona, hasta ahora: