DEDUCCION DE COLEGIATURAS
Los contribuyentes que están obligados o que optan por presentar declaración anual tienen el beneficio de poder deducir de sus utilidades anuales un importe de deducciones adicionales a las que se reportaron mes a mes, y con ello tener el beneficio de obtener un saldo a favor de impuestos, el cual pueden solicitar en devolución o compensación. Las deducciones adicionales a que hago referencia son las llamadas deducciones personales. En este artículo analizaremos las deducciones por concepto de colegiaturas, las cuales son un ESTIMULO FISCAL que no viene en Ley alguna, sino en un Decreto de Beneficios Fiscales (DOF 26-Diciembre.2013)
Las colegiaturas que podremos deducir en nuestra declaración anual deben de reunir ciertos requisitos, los cuales vienen establecidos en el Decreto de Beneficios Fiscales ya mencionado, iremos mencionando uno a uno, teniendo en cuenta que para poder deducir dicho gastos debemos cumplir con TODOS.
* REQUISITOS *