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    DISIF

    • 32H, 2.19.4, DISIF o no DISIF, esa es la cuestión.

      DISIF

      De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32-H del CFF los contribuyentes están obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (DISIF) si se ubican en alguno de los siguientes supuestos (fracciones);

      1. Personas morales que tributen en el título II de la LISR que en su que su declaración anual normal hubiesen reportado ingresos acumulables para efectos de ISRiguales o superiores a 791’501,760.00 millones de pesos (monto vigente a partir del 01/01/2019, verAnexo 5 RMF 2018 publicado en DOF 24/12/2018), así como los contribuyentes que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior coticen sus acciones entre el gran público inversionista por medio de la bolsa de valores.
      2. Sociedadesmercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional (Título II, Capítulo VI de LISR) para grupos de sociedades.
      3. Entidades paraestatales de la administración pública federal.
      4. Persona moralresidentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, solo por las actividades de dichos establecimientos, y
      5. Cualquier persona moral residente en México,respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

    Encuestas

    Al navegar en sitios "especializados" que esperas o prefieres encontrar en portada;

    Artículos de temas fiscales. - 13.8%
    Artículos de temas laborales y seguridad social - 17.2%
    Artículos de temas contables y financieros - 6.9%
    Todas las anteriores - 58.6%
    Otros - 0%

    Votos totales: 29
    La votacion ya ha finalizado en: %11 %b %2019 - %00:%Jul

    Registro

    Uso Frecuente

    Dólar 14-Ene-2022 (Vie)    
    FIX $20.3118
    Publicación DOF $20.3607
    Para pagos $20.3660
    Euro 14-Ene-2022 (Vie)    
    Tipo de Cambio $23.2641
    TIIE 17-Ene-2022 (Lun)    
    TIIE 28 Días 5.7215%
    TIIE 91 Días 5.8675%
    TIIE 182 Días - - -
    TIIP - - -
    UDIs 25-Ene-2022 (Mar)    
    Valor $7.113456
    INPC May-2023    
    Tasa 128.084000000000
    CCP Dic-2017    
    M. Nal. 6.16%
    UDIs 4.53%
    Dólares - - -
    CPP 4.62%
    Recargos 2019    
    Mora 1.47%
    Plazos 0.98%
    Salario Mínimo 2023    
    General $207.44
    Frontera Norte $312.41
    UMA    
    Diario
    01-Feb-2023
    $103.74
    Diario
    01-Feb-2022
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