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REGLA17.1 IETU PARA CONDOMINIOS

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18 años 6 meses antes #22994 por gtagt
CONTRAPRESTACIÓN ES IGUAL A SUELDO EN IETU

Reglas 17.1 del “Impuesto Empresarial a Tasa Única” publicadas en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea para 2007, publicada en el DOF del lunes 31 de diciembre de 2007.

Para los efectos del artículo 1 de la Ley del IETU, tratándose de las cuotas que aporten los propietarios de inmuebles sujetos al régimen de propiedad en condominio o a cualquier otra modalidad en la que se realicen gastos comunes de conservación y mantenimiento, que se destinen para la constitución o el incremento de los fondos con los cuales se solventan dichos gastos, sólo se considerará ingreso gravado la parte que se destine a cubrir las contraprestaciones de la persona que tenga a cargo la administración del inmueble.

CONTRAPRESTACIÓN IGUAL A SUELDOS ¿PREGUNTO ES LO MISMO ? SI ES ASÍ SOLO SE CONSIDERARA COMO INGRESO LA CUOTA DESTINADA PARA EL PAGO DEL SUELDO DEL ADMINISTRADOR ( SOLO EL YA QUE DICE LA PERSONA NO SE CONSIDERA EL SUELDO DE LA SECRETARIA EL JARDINERO etc.) PERO NO DICE NADA RESPECTO A LOS GASTOS ES DECIR PUEDO DESCONTAR TODOS GASTOS DEDUCIBLES PARA IETU

EJEMPLO

TOTAL INGRESO POR CUOTAS DE MATO DEL MES DE ENERO 08 $ 150,000.00
MENOS:
CUOTAS SOLO PARA CUBRIR GASTOS DE MATO NO INCLUYE CUOTA DE ADMÓN. $100,000.00
IGUAL
INGRESOS GRAVADOS PARA IETU ( SUELDO DEL ADMINISTRADOR ) $ 50,000.00
MENOS
MANTENIMIENTO DE ALBERCA $ 30,000.00
MANTENIMIENTO DE ELEVADORES $ 30,000.00
PAG LUZ TELÉFONO $ 40,000.00
TOTAL GASTOS DEDUCIBLE $ 100,000.00
IGUAL
INGRESO GRAVADO PARA IETU $ ( 50,000.00 )


Diccionario de la lengua española © 2005 Espasa-Calpe S.A., Madrid:
contraprestación

1. f. Prestación o servicio que debe una parte contratante como compensación por lo que ha recibido o debe recibir:
recibía una ayuda económica en contraprestación a sus servicios.

AXIAL INTERPRETO LA REGLA 17.1 ESPERO ME CORRIJAN LA VERDAD ES QUE LA LEY DEJA MUCHAS DUDAS Y POR NO PONERLE A ESTUDIAR DESDE EL AÑO PASADO AUNQUE ESTA REGLA SE PUBLICO EL DIA ULTIMO DEL MES DE DICIEMBRE Y EN EL MES DE ENERO Y FEBRERO ESTAMOS CON LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS QUE NO ES EXCUSA

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18 años 6 meses antes #23026 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re:REGLA17.1 IETU PARA CONDOMINIOS
Buena noche:

Mi estimado, ¿Cuál es la parte que se destina para cubrir la contraprestación del sueldo del administrador?

Esa parte será el importe que se considerará como ingreso gravado para IETU.



BUSCANDO LA DEFINICIÓN DE CONTRAPRESTACION EN NUESTRAS LEYES

En la fracción XII del artículo 3 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, define el concepto de \"contraprestación\".

Contraprestación, el precio pactado, adicionado con las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente del bien o el prestatario del servicio por intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto distinto de impuestos. A falta de precio pactado o cuando éste se determine en cantidad \"cero\" se estará al valor de los bienes o servicios tengan en el mercado, o en su defecto al de avaluo.
....

Saludos<br><br>Mensaje editado por: a_cano, el: 19/02/2008 20:29

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18 años 6 meses antes #23037 por gtagt
Respuesta de gtagt sobre el tema Re:REGLA17.1 IETU PARA CONDOMINIOS
Gracias a_cano me gustaria conocer tu opinion sobre los gastos se deducen todos

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18 años 6 meses antes #23151 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re:REGLA17.1 IETU PARA CONDOMINIOS
Buena noche:

No podemos ir más allá de lo que dispone la Regla. La Regla señala: pagaras IETU, tomando como base el ingreso del administrador.

Saludos

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18 años 6 meses antes #23257 por cesar4
Respuesta de cesar4 sobre el tema Re:REGLA17.1 IETU PARA CONDOMINIOS
buenas noches

y que pasa al respecto cuando se creo una asociacion de colonos que dan cuotas para el propio mantenimiento de la colonia, y año con año eligen un presidente y secretario para que se encarguen del mantenimiento y conservacion de la misma. ¿estoy obligado a pagar el ietu?

no hay persona que se le pague por la administracion del dinero, simplemente se depositan las cuotas y se realizan los cheques para el pago de los gastos que se van generando, pero no se otorga alguna contraprestacion por las personas que son designadas a tales cargos

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18 años 6 meses antes #23261 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re:REGLA17.1 IETU PARA CONDOMINIOS
cesar4 escribio:

buenas noches

y que pasa al respecto cuando se creo una asociacion de colonos que dan cuotas para el propio mantenimiento de la colonia, y año con año eligen un presidente y secretario para que se encarguen del mantenimiento y conservacion de la misma. ¿estoy obligado a pagar el ietu?

no hay persona que se le pague por la administracion del dinero, simplemente se depositan las cuotas y se realizan los cheques para el pago de los gastos que se van generando, pero no se otorga alguna contraprestacion por las personas que son designadas a tales cargos


Buena noche:

La Regla 17.1 dispone que: …… sólo se considerará ingreso gravado la parte que se destine a cubrir las contraprestaciones de la persona que tenga a cargo la administración del inmueble.....


Si no hay contraprestación alguna que pagar, no hay base gravable para pagar IETU.


Saludos<br><br>Mensaje editado por: a_cano, el: 21/02/2008 20:16

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