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Declaración Anual de Pensionado
- Regio666
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18 años 4 meses antes #25528
por Regio666
Declaración Anual de Pensionado Publicado por Regio666
Hola compañeros.
Mi duda es la siguiente:
Se trata de una persona fisica quien siempre fué asalariado hasta 2006, año en que se pensionó, y en abril de 2007 presentó su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2006.
Durante todo 2007 ya no fué asalariado, y sólo recibio su pensión mensual, percibiendo ingresos anuales por pensión de aproximadamente $150,000.00 pesos, pero a su vez tuvo gastos médicos y deducciones considerables.
¿Puede esta persona presentar su declaración anual 2007 para poder considerar sus deducciones personales, aunque sus ingresos hayan sido solo por pensión?.
Muchas gracias
Regio666
Mi duda es la siguiente:
Se trata de una persona fisica quien siempre fué asalariado hasta 2006, año en que se pensionó, y en abril de 2007 presentó su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2006.
Durante todo 2007 ya no fué asalariado, y sólo recibio su pensión mensual, percibiendo ingresos anuales por pensión de aproximadamente $150,000.00 pesos, pero a su vez tuvo gastos médicos y deducciones considerables.
¿Puede esta persona presentar su declaración anual 2007 para poder considerar sus deducciones personales, aunque sus ingresos hayan sido solo por pensión?.
Muchas gracias
Regio666
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- a_cano
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18 años 4 meses antes - 18 años 4 meses antes #25546
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Declaración Anual de Pensionado
Buena tarde:
Para poder presentar su declaración anual, esta persona deberá contar con la constancia (formulario 37) de percepciones y retenciones, en la cual se señale tanto el total de ingresos por sueldos, salarios y conceptos asimilados, así como los ingresos exentos.
Considero que si cuenta con dicho documento, podrías presentar su declaración anual, en los términos del artículo 238 del Reglamento de la LISR, el cual dispone:
Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado y que no se encuentren obligadas a presentar la declaración anual a que se refiere el artículo 175 de la Ley, podrán presentarla siempre que en la misma derive un saldo a su favor como consecuencia de la aplicación de las deducciones previstas por las fracciones I o II del artículo 176 de la Ley. (Énfasis añadido)
Saludos
Para poder presentar su declaración anual, esta persona deberá contar con la constancia (formulario 37) de percepciones y retenciones, en la cual se señale tanto el total de ingresos por sueldos, salarios y conceptos asimilados, así como los ingresos exentos.
Considero que si cuenta con dicho documento, podrías presentar su declaración anual, en los términos del artículo 238 del Reglamento de la LISR, el cual dispone:
Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado y que no se encuentren obligadas a presentar la declaración anual a que se refiere el artículo 175 de la Ley, podrán presentarla siempre que en la misma derive un saldo a su favor como consecuencia de la aplicación de las deducciones previstas por las fracciones I o II del artículo 176 de la Ley. (Énfasis añadido)
Saludos
Última Edición: 18 años 4 meses antes por a_cano.
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18 años 4 meses antes #25548
por Conde Contar
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas. A. Einstein.
Respuesta de Conde Contar sobre el tema Re: Declaración Anual de Pensionado
Los ingresos por pensiones se asimilan a salarios (art. 110 LISR), considero que no podría presentar su declaración anual ya que no rebasa los $400,000 de ingresos.
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18 años 4 meses antes #25550
por Conde Contar
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Respuesta de Conde Contar sobre el tema Re: Declaración Anual de Pensionado
Rectifico, me parece que el artículo 238 del reglamento, que bien señala a_cano es aplicable y por ende puede presentar su declarción anual.
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18 años 4 meses antes #25575
por Regio666
Respuesta de Regio666 sobre el tema Re: Declaración Anual de Pensionado
a_cano, Conde Contar, Gracias.
El art. 238 del RISR habla de Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado...y no se si pueda hubicar aquí a un pensionado, si así fuera él no cuenta con la constancia de percepciones y deducciones,¿alguien sabe como puede conseguirla? supongo que ante alguna Delegación del IMSS, pero no se exactamente. Estoy en Monterrey...algún tips?.
Gracias
Regio666
El art. 238 del RISR habla de Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado...y no se si pueda hubicar aquí a un pensionado, si así fuera él no cuenta con la constancia de percepciones y deducciones,¿alguien sabe como puede conseguirla? supongo que ante alguna Delegación del IMSS, pero no se exactamente. Estoy en Monterrey...algún tips?.
Gracias
Regio666
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18 años 4 meses antes #25577
por Conde Contar
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Respuesta de Conde Contar sobre el tema Re: Declaración Anual de Pensionado
Me surgió la misma duda que a ti, pero al leer el artículo 110 me di cuenta que las pensiones (prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral) se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, no se asimilan a salarios, como oirignalmente señalé. Por tanto si les aplica el 238 del reglamento.
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