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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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RETENCION DE IVA EN ESCUELAS PRIVADAS?
- mobl85
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ME HARIAN UN FAVOR SI ME FUNDARAN SU COMENTARIO AL RESPECTO,
GRACIAS
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- a_cano
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La obligación a retener el IVA, se encuentra contenida en la fracción II, inciso a) del artículo 1-A de la LIVA, que dispone:
Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
[....]
II. Sean Personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
La retención del IVA, es una obligación para las Personas Morales, no importando el Régimen en que tribute.
Saludos
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- mobl85
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- CPHugoocejo
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HOLA FORISTAS, BUENAS TARDES, LES SALUDO EN ESTA OCASION CON UNA DUDA QUE CONSISTE EN SABER SI LAS ESCUELAS DEBEN DE HACER LA RETENCION DE IVA POR LOS SERVICIOS PROFESIONALES O POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, YA QUE NO SON SUJETOS DE IVA, PERO DE LA RETENCION SI?
ME HARIAN UN FAVOR SI ME FUNDARAN SU COMENTARIO AL RESPECTO,
GRACIAS
no mi estimado..lo que dices no aplica, puesto tu te refieres al IVA propiamente y la duda es saber si la escuela retiene o no...la respuesta es si...definitivamente aplica la retencion de iva, puesto tu eres el retenedor y quien retiene como persona moral.....el fundamento ya lo dio cano..
saludos
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- a_cano
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AUN SEA NO SUJETO DE IVA EN FUNCION DEL ART. 15 FRACCION IV DE LA LIVA?
Son dos situaciones muy diferentes por un lado efectivamente no se pagará el IVA en la prestación de servicios de enseñanza en los términos del artículo 15, fracción IV del IVA, es decir la escuela (A. C. o S. C.) no es contribuyente del IVA.
Por el otro, en virtud de que pagan a personas físicas honorarios o rentas de bienes en los términos del artículo 1-A, fracción II, a), de la LIVA, se encuentra obligada a la retención del IVA, dentro de las obligaciones que podría tener dadas de alta ante el SAT, son: Retención por Salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, Retención por asimilados a salarios, Retención por servicios profesionales, así como de IVA.
Espero haberte ayudado.
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- roberto_
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