Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

2 Declaraciones presentadas como Normales

Más
18 años 2 meses antes #30122 por 638075
Buen día,

Recientemente me dieron a revisar una SA, es una empresa con 2 sucursales, una en Guerrero y otra en Baja California Sur, para el ejercicio 2007 se hicieron los enteros por concepto de retencion de IVA y de ISR de forma independiente, es decir, siendo la misma razon social presentaron 2 declaraciones con concepto de "Normales".

Por citar un ejemplo, la retención de IVA a enterar del mes de enero 2007 fue de 2,530 de los cuales 1,500 fueron pagados por la cuenta de la sucursal de Acapulco y 1,030 por la cuenta de la sucursal de Los Cabos, en ambas declaraciones el concepto y periodo de pago es el mismo y ambas consideradas como normales.

Esto es correcto??? Que me recomiendan hacer???
No importa que mi segunda declaración no diga que es complementaria? Actualmente lo que hago es que una de las sucursales transfiere a la otra lo que le corresponde de retención y es esta segunda la que hace la declaración.

Mil gracias por sus aportaciones y comentarios, recien llegado por acá y entiendo que hay material humano muy valioso.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30138 por LOBOZAC
creo que no habria problema en cuanto al sat, ya que les esta presentando Y PAGANDO.........la cuestion seria en tu control administrativo, sobre las eparacion de montos de una sucursal y otra


saludos y graciaspor tus aportacionesfiscales

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes - 18 años 1 mes antes #30140 por BR1
Buen día.

Primera vez que me toca escuchar un caso similar, de entrada, con el ejemplo que plasmas, la autoridad puede considerar "teoricamente" que el importe de retenciones que debiste pagar fué el manifestado en la última operación, y tendrá la duda ¿por que no manifestó el pago efectuado con anterioridad, o de plano por que no manifestó el primer pago como indebido?.

Aún cuando terminas pagando "integramente" la obligación, es un caso extraño para mí. Sobre posibles consecuencias, quizas alguna multa por no pagar como se debe, pero terminas pagando el total de la obligación...

En el CFF se señala lo siguiente:

Artículo 75.- Dentro de los límites fijados por este Código, las autoridades fiscales al imponer multas por la comisión de las infracciones señaladas en las leyes fiscales, incluyendo las relacionadas con las contribuciones al comercio exterior, deberán fundar y motivar su resolución y tener en cuenta lo siguiente:

III. Se considera también agravante, la omisión en el entero de contribuciones que se hayan retenido o recaudado de los contribuyentes.


En tu caso, no hay contribución omitida (prácticamente)...

Pero, me queda la duda si caes en lo siguiente:

Art. 81 CFF
II.- Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

El caso es que ¿cómo corregir esa situación en el caso de que se hayan presentado en diferentes fechas los pagos?...

Esperemos comentarios.
Última Edición: 18 años 1 mes antes por BR1.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30142 por velociraptor
caso extraño, tambien yo no habia leído o escuchado algo asi, imaginate, si hubieran tenido 5 sucursales en diferentes estados........

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30143 por ycampillo
Hola:

Respecto a tu duda, a mi criterio si tendrias problemas, derivado a que estas presentando dos declaraciones normales, con importes distinto, lo mas recomendable, 1) es presentar una declaracion complementaria, y 2) presentar un escrito ante el SAT, para dejar invalidado el segundo pago provisional normal, y por el simple echo de presentar dicho escrito y dejar sin validez el pago, se te genera un pago de lo indebido, el cual puedes aplicar en la declaracion complementaria (1), y de este modo, tendrias tus pagos provisionales en forma.

Saludos.,

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes - 18 años 1 mes antes #30146 por 638075
BR1 escribió:

Buen día.

Primera vez que me toca escuchar un caso similar, de entrada, con el ejemplo que plasmas, la autoridad puede considerar "teoricamente" que el importe de retenciones que debiste pagar fué el manifestado en la última operación, y tendrá la duda ¿por que no manifestó el pago efectuado con anterioridad, o de plano por que no manifestó el primer pago como indebido?.

Aún cuando terminas pagando "integramente" la obligación, es un caso extraño para mí. Sobre posibles consecuencias, quizas alguna multa por no pagar como se debe, pero terminas pagando el total de la obligación...

En el CFF se señala lo siguiente:

Artículo 75.- Dentro de los límites fijados por este Código, las autoridades fiscales al imponer multas por la comisión de las infracciones señaladas en las leyes fiscales, incluyendo las relacionadas con las contribuciones al comercio exterior, deberán fundar y motivar su resolución y tener en cuenta lo siguiente:

III. Se considera también agravante, la omisión en el entero de contribuciones que se hayan retenido o recaudado de los contribuyentes.


En tu caso, no hay contribución omitida (prácticamente)...

Pero, me queda la duda si caes en lo siguiente:

Art. 81 CFF
II.- Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

El caso es que ¿cómo corregir esa situación en el caso de que se hayan presentado en diferentes fechas los pagos?...

Esperemos comentarios.


Muy puntual como siempre don Bruno, mil gracias una vez mas...

ycampillo escribió:

Hola:

Respecto a tu duda, a mi criterio si tendrias problemas, derivado a que estas presentando dos declaraciones normales, con importes distinto, lo mas recomendable, 1) es presentar una declaracion complementaria, y 2) presentar un escrito ante el SAT, para dejar invalidado el segundo pago provisional normal, y por el simple echo de presentar dicho escrito y dejar sin validez el pago, se te genera un pago de lo indebido, el cual puedes aplicar en la declaracion complementaria (1), y de este modo, tendrias tus pagos provisionales en forma.

Saludos.,


Esta es una de las opciones en las que he pensado, la Contadora que manejaba esto me dijo que habia un criterio del SAT que indicaba que esto era posible y no habría problemas, lo he buscado y no encuentro nada al respecto, y ella ya no responde ni llamadas ni e-mails.

El problema en Noviembre y Diciembre se agrava pues se abrio una sucursal en Morelos, por lo que tengo 3 declaraciones normales... :ohmy:

Mil gracias por sus comentarios, ojalá alguien que haya enfrentado una situación así nos comente su experiencia.
Última Edición: 18 años 1 mes antes por 638075.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.224 segundos
Gracias a Foro Kunena