Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Persona Fisica Casa de cambio

Más
18 años 1 mes antes #31369 por bertha_dcl
Buen dia!

Me podrian ayudar a buscar informacion para los requisitos para dar de alta a una persona fisica con giro casa de cambio, como tambien las obligaciones fiscales y legales, capital inicial, calculos de pagos provisionales, etc.

Estuve revisando informacion pero no encuentro en la pagina del sat.

Muchas gracias!

Saludos!

Bertha.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #31370 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Persona Fisica Casa de cambio
Buena tarde:

Las Casas de Cambio son Entidades Financieras, que conforman el Sistema Financiero Mexicano, son autorizadas por la SHCP,reglamentadas en su operación por el Banco de México y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Considero que la información que debes buscar, es sobre Centros Cambiarios, estos estan regulados por el Artículo 81-A, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Para mayor información puedes consultar las siguientes direcciones:

www.condusef.gob.mx/cuadros_comparativos...tros_cambiarios.html

www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...cieros/106_9900.html

Espero haberte ayudado.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #31403 por bertha_dcl
Respuesta de bertha_dcl sobre el tema Re: Persona Fisica Casa de cambio
Gracias por la informacion.

Y en cuanto al tratamiento fiscal, se puede dar de alta una persona fisica del regimen intermedio bajo este giro de casa de cambio?

La utilidad seria la ganancia de la compra venta de dolares y a esto se le resta todos los gastos de operacion, y la utilidad neta se le aplica la tabla de persona fisica, es correcto?

En cuanto al iva? como se cobra?

ietu es el mismo tratamiento.

gracias y saludos!

Bertha

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #31476 por bertha_dcl
Respuesta de bertha_dcl sobre el tema Re: Persona Fisica Casa de cambio
Estuve checando el calculo de ISR, IVA y IETU de una persona fisica, y en cuanto al iva se aplica la tasa del 15% a la utilidad de la compra y venta de dolares? y el isr directo a la tabla?

muchas gracias.

Bertha

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #31485 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Persona Fisica Casa de cambio
Buena tarde:

Los centros cambiarios son un negocio mercantil, su actividad se confunde con la figura jurídica de las casas de cambio.

Las personas físicas podrán tributar en el régimen fiscal correspondiente a las actividades empresariales (Secciones I y II, Título IV de la LISR).

La compra venta de divisas se encuentra exenta del impuesto al valor agregado (fundamento Legal: Artículo 9, fracción VI, LIVA).

En relación con el IETU, el artículo 4, fracción VI, inciso B, dispone: No se pagará el impuesto empresarial a tasa única […] excepto cuando la enajenación la realicen personas que exclusivamente se dediquen a la compra venta de divisas.

Para los efectos del párrafo anterior, se considera que las personas se dedican exclusivamente a las compra venta de divisas, cuando sus ingresos por dicha actividad representen cuando menos el noventa por ciento de los ingresos que perciban por la realización de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley.

Por lo que respecta a los comprobantes la Regla 2.4.13. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, señala que se deberán utilizar diferentes series de comprobantes, una para identificar las operaciones de compras y otra para las de venta de divisas.

Además del alta al RFC, se tendrá que requisitar el formato RC “Aviso sobre Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero Dispersores”.

Te sugiero acudir a la Administración Local para obtener mayor información sobre el particular, dado a que hay otras obligaciones, como por ejemplo: Tramites financieros (consultar dirección del SAT, en el mensaje anterior).


Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 7 meses antes #39575 por pcclopez
Respuesta de pcclopez sobre el tema Re: Persona Fisica Casa de cambio
Buen dia!

Estuve buscando informacion sobre las operaciones de una casa de cambio o centro cambiario, por lo que lei es que el centro cambiario puede hacer una compra y venta diaria por un monto que no exceda de 10,000 dlls por dia por cliente.

Que pasa si excede de esta cantidad?

Hasta que monto se tienen que llenar las formas?

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.991 segundos
Gracias a Foro Kunena