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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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IVA EN CUOTAS DE MNATENIMIENTO???????

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16 años 4 meses antes #60535 por JESTAD
HOLA BUEN DIA

SOLO UNA PREGUNTA, LAS CUOTAS DE MANTENIMIENTO DE UN REGIMEN EN CONDOMINIO, NO ESTAN AFECTAS A IVA????

HAY ALGUN FUNDAMENTO????

ESTAS CUOTAS SE COBRANA PROPIETARIOS PARA EL MANTENIMIENTO EXCLUSIVO DE SU CONDOMINIO, ( ARES COMUNES Y SERVICIOS GENERALES )

GRACIAS POR SU AYUDA Y APOYO

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16 años 4 meses antes - 16 años 4 meses antes #60538 por a_cano
Buen día:

Te sugiero analizar el Artículo 33 y 20 del Reglamento de la LIVA.

Saludos
Última Edición: 16 años 4 meses antes por a_cano.

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15 años 5 meses antes #70013 por JESTAD
HOLA

SI YA LOS LEI, SOLO QUE NO ESTAN VIGENTES EN EL 2005,

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15 años 5 meses antes #70014 por davidrf
Buenas tardes
Antes de que se reformara el reglamento del IVA, mediante algunas reglas de la RM de aquellos años se establecia claramente que por las cuotas de condominos no se cobrara IVA. Pero ten cuidado porque si en el mismo edificio habitacional hay algunas areas usadas para otros fines y los rentan a terceros, esos si son actos gravados y el procedimiento de calculo es distinto.
Espero te sirva mi comentario.
Saludos.

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15 años 5 meses antes #70016 por JESTAD
OK GRACIAS POR TU AYUDA. BUSCARE EN REGLAS MISCELANEAS ALGO DE ESO. Y SO SOLO SE USA EL CONDOMINIO PARA VIVIENDA NO SE RENTAN

GRACIAS DE NUEVO POR TU APOYO

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15 años 5 meses antes - 15 años 5 meses antes #70020 por a_cano
Buena tarde:

Te sugiero consultar artículo titulado El Pago del Impuesto al Valor Agregado en el Régimen del Condominio, escrito por el Contador Público Certificado Mario Rizo Rivas y publicado en la revista Podium Notarial 30 - 2004, es de "esas fechas".

Introducción

En fechas recientes el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido una serie de ordenes a fin de ejercer sus facultades de comprobación (artículo 42 del Código Fiscal Federal), en relación al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por parte de los regímenes en condominio, lo anterior al quedar sin vigencia el beneficio contemplado por la Regla 5.3.7 de la Resolución Miscelánea vigente del 06 de marzo del 2000 al 5 de marzo del 2002, la cual establecía que se habría de considerar como una causa más de exención de las señaladas en el artículo 15, fracción XII, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) las cuotas que cobran estas a sus condóminos. Lo anterior ha traído como consecuencia que sean emitidos una serie de créditos fiscales en contra de dichos regímenes en condominio.

Para consultar el ártículo completo, ingresa a la siguiente dirección:

www.revistanotarios.com/files/El%20Pago%...%20Condominio%20.pdf

Saludos
Última Edición: 15 años 5 meses antes por a_cano.

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