- Mensajes: 7
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES
- donatosan65804
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
15 años 4 meses antes #71053
por donatosan65804
PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES Publicado por donatosan65804
ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR, AL DAR DE ALTA UNA AGENCIA DE PRONOSTICOS DEPORTIVOS SE PRESENTO LA ALTA COMO PERSONA FISICA 517 PRONOSTICOS DEPORTIVOS. PERO EL ASUNTO ES QUE SE ESTA PAGANDO CUOTA FIJA BIMESTRAL EN COORDINACION REGIONAL DE RECAUDACION DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIAPAS EN EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y LA ACTIVIDAD LA PONEN COME COMISIONISTA NO ESPECIFIFICADO, PERO AHORA EL SAT ESTA REQUIRIENDO LA PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES Y PAGOS MENSUALES DE IEPS DESDE JULIO DE 2008 HASTA MARZO DE 2011 COMO OBLIGACIONES OMITIDAS DE ACUERDO A LIEPS ARTICULO 2 FRACCION II INCISO B.
QUE DEBO DE HACER SI PRONIOSTICOS PAGA UNA COMISION POR VENTAS Y LA PERSONA FISICA NO ES LA QUE REALIZA LOS SORTEOS.
ATENTAMENTE DONATO SANCHEZ MARTINEZ donatosan6@hotmail.com
QUE DEBO DE HACER SI PRONIOSTICOS PAGA UNA COMISION POR VENTAS Y LA PERSONA FISICA NO ES LA QUE REALIZA LOS SORTEOS.
ATENTAMENTE DONATO SANCHEZ MARTINEZ donatosan6@hotmail.com
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- editor20
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 1415
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71057
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES
REFORMA FISCAL PARA 2008 SAT
LEY DEL IEPS, adición del inciso B)a la fracción II del artículo 2.
Se gravan con el 20% la realización de juegos con apuestas y sorteos
Las personas que realicen juegos con apuestas o sorteos, independientemente del nombre con el que se les designe, y que requieran permiso para llevarlos a cabo de acuerdo con la Ley Federal de Juegos y Sorteos, pagarán una tasa de impuesto de 20% del IEPS, con independencia de las contribuciones locales que en su caso correspondan por esta actividad.
Se podrá restar del IEPS a su cargo la participación prevista en la Ley Federal de Juegos y Sorteos del IEPS; cuando el citado monto resulte mayor que el IEPS, la diferencia se podrá disminuir en los meses siguientes hasta agotarse.
También se pueden restar del IEPS correspondiente al mes de que se trate, el monto del pago efectivamente realizado por concepto de los impuestos locales que las entidades federativas tengan establecidos sobre estas actividades, sin que en ningún caso esta disminución exceda de la quinta parte del impuesto federal.
Artículo 2 y 5-B de la LIEPS
Solamente tienes que checar los requisitos que se exigen a quienes realizan esa actividad que tu contribuyente debe tener perfectamente localizados con su comitente que es Pronósticos y fundamentar que la agencia no deba tener permiso según la Ley federal de Juegos y Sorteos porque no es quien realiza los sorteos, pero sí captan apuestas. Pronósticos debe tener perfectamente estudiado el efecto de la reforma para 2008 entre sus comisionistas. Saludos.
LEY DEL IEPS, adición del inciso B)a la fracción II del artículo 2.
Se gravan con el 20% la realización de juegos con apuestas y sorteos
Las personas que realicen juegos con apuestas o sorteos, independientemente del nombre con el que se les designe, y que requieran permiso para llevarlos a cabo de acuerdo con la Ley Federal de Juegos y Sorteos, pagarán una tasa de impuesto de 20% del IEPS, con independencia de las contribuciones locales que en su caso correspondan por esta actividad.
Se podrá restar del IEPS a su cargo la participación prevista en la Ley Federal de Juegos y Sorteos del IEPS; cuando el citado monto resulte mayor que el IEPS, la diferencia se podrá disminuir en los meses siguientes hasta agotarse.
También se pueden restar del IEPS correspondiente al mes de que se trate, el monto del pago efectivamente realizado por concepto de los impuestos locales que las entidades federativas tengan establecidos sobre estas actividades, sin que en ningún caso esta disminución exceda de la quinta parte del impuesto federal.
Artículo 2 y 5-B de la LIEPS
Solamente tienes que checar los requisitos que se exigen a quienes realizan esa actividad que tu contribuyente debe tener perfectamente localizados con su comitente que es Pronósticos y fundamentar que la agencia no deba tener permiso según la Ley federal de Juegos y Sorteos porque no es quien realiza los sorteos, pero sí captan apuestas. Pronósticos debe tener perfectamente estudiado el efecto de la reforma para 2008 entre sus comisionistas. Saludos.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- donatosan65804
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 7
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71060
por donatosan65804
Respuesta de donatosan65804 sobre el tema Re: PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES
gracias por la respuesta, ya presente las 33 declaraciones que solicitan en ceros con el motivo de que no se realizaron apuestas.
voy a esperar lo que resuleve el Sat el 28 de Abril y lo comento.
atentamente
Donato Sánchez Martínez
voy a esperar lo que resuleve el Sat el 28 de Abril y lo comento.
atentamente
Donato Sánchez Martínez
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- editor20
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 1415
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71074
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES
Desde el momento que presentaste las 33 declaraciones (supongo que el contribuyente se dió de alta en julio de 2008) tácitamente has aceptado que SÍ eres contribuyente de IEPS por tanto también debes todas las informativas que te apliquen según tu giro y que tampoco has presentado.
No dices si fue una revisión o solamente les llegó el requerimiento de obligaciones omitidas. Si fue esto último lo más probable es porque desde la alta del contribuyente marcaron la obligación de IEPS. Será una cantidad considerable de multas por presentar 33 declaraciones a requerimiento. Lo ideal sería tumbar el hecho de que el REPECO sea considerado contribuyente de IEPS, y no lo es si él no realiza ni necesita la autorización que define la Ley Federal de Juegos y Sorteos y aparte porque él no los realiza, es un simple intermediario entre el público y Pronósticos y ésta dependencia le paga una comisión por sus servicios.
Pero, está el hecho de que en el local del contribuyente se contratan apuestas y se reembolsan premios menores aunque sea por cuenta y orden del comitente. Saludos.
No dices si fue una revisión o solamente les llegó el requerimiento de obligaciones omitidas. Si fue esto último lo más probable es porque desde la alta del contribuyente marcaron la obligación de IEPS. Será una cantidad considerable de multas por presentar 33 declaraciones a requerimiento. Lo ideal sería tumbar el hecho de que el REPECO sea considerado contribuyente de IEPS, y no lo es si él no realiza ni necesita la autorización que define la Ley Federal de Juegos y Sorteos y aparte porque él no los realiza, es un simple intermediario entre el público y Pronósticos y ésta dependencia le paga una comisión por sus servicios.
Pero, está el hecho de que en el local del contribuyente se contratan apuestas y se reembolsan premios menores aunque sea por cuenta y orden del comitente. Saludos.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- donatosan65804
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 7
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71107
por donatosan65804
Respuesta de donatosan65804 sobre el tema Re: PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES
ESTA PERSONA TENIA SUSPENDIDAS LAS ACTIVIDADES DE PERSONA FISCA Y EL 21 DE MAYO DE 1998 ESTE CLIENTE PRESENTA CAMBIO DE DOMICILIO Y REANUDACION DE ACTIVIDADES, DISMINUCION DE OBLIGACIONES FISCALES Y MARCA LAS CASILLAS CLAVE 151 IMPUESTO AL ACTIVO PERSONAS FISICAS, 201 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y 906 COMERCIO EN PEQUEÑO CONTRIBUYENTE CON AUMENTO CLAVE 517 PRONOSTICOS DEPORTIVOS Y EMPIEZA A PRESENTAR SUS DECLARACUIONES NORMALES Y EN EL 2005 EN BASE AL CONVENIO DEL GOBIERNO FEDERAL Y GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS CELEBRADO EL 25 DE OCTUBRE DE 1996 EMPIEZA A PAGAR CUOTA FIJA BIMESTRAL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES.
EL 18 DE MARZO LE LLEGA REQUERIMIENTO DE OBLIACIONES OMITIDAS DE PARTE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y REQUIEREN LO SIGUIENTE: JUL AGO SP OCT NOV DIC 2010 IEPS Y SE BASAN ART. 2, FRAC II, INCISO
5 PRIMER PARRAFO DEL IEPS REGLA II.2.15.7 Y II.2.17.2 DE RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2010.
PIDE UNA CITA AL SAT DE TAPACHULA LLEVANDO SU CONVENIO. LA ATIENDEN Y LE DAN UNA GUIA DE OBLIACIONES DONDE DICE QUE ESTA REGISTRADO EN EL PADRON DEL RFC CON ACTIVIDAD DE REALIZACION DE JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS.Y QUE DE ACUERDO A LA INFORMACION QUE ELLA PRESENTA ESTA EN EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. POR LO CUAL DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES OPERACIONES, PRESENTAR DECLARACION Y PAGO BIMESTRAL DE ISR IVA IETU A TRAVES DE CUOTA FIJA QUE LA ENTIDAD FEDERATIVA. REGIMEN PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES; PRESENTAR LA DECLARACION Y PAGO DEFINITIVO MENSUAL DEL IEPS POR CELEBRACION DE SORTEOS. Y POR LO CUAL LÑE DAN ACUSE DE RESPUESTA EN DONDE LE INFORMAN QUE LAS OBLIACIONES PENDIENTES DE PAGO A LA PRESNTE FECHA 20 DE ABRIL 2011 SON: 33 PAGOS MENSUALES DEL, IEPS POR LA CELEBRACION DE JUEGOS Y SORTESOS DE JULIO 2008 A MARZO 2011. POR LO CUAL LA INVITAN A PRESENTAR A TREGULARIZARSE CON LA PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES Y POSTERIORMENTE PRESENTAR LOS AVISOS QUE CORRESPONDAN A FIN DE TENER ACTUALIZADO SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. TAMBIEN LE DAN UN NUMERO DE FOLIO OR201129804651 Y CON EL CUAL DEBERA CONSULTAR LA RESPUESTA A SU PLANTEAMIENTO A TRAVES DEL PORTAL DE INTERNET DEL SAT EL 28 DE ABRIL DE 2011. Y LE INFORMARON QUE LO PRIMERO QUE DEBERIA HACER ES PRESENTAR LAS DECLARACIONES OMITIDAS Y ESE ES EL MOTIVO POR EL CUAL SE OPTO POR PRESENTAR LAS 33 DELARACIONES INFORMATIVAS DE RAZONES POR LAS CUALES NO SE REALIZA EL PAGO INDICANDO LA RAZON DE QUE NO SE REALIZARON ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DE IEPS EN EL PERIODO YA QUE ELLA ES SOLO UN AGENTE QUE COBRA POR VENDER EL PRODUCTO DE PRONOSTICOS DEPORTIVOS Y QUE LA COMISION QUE PERCIBE ES EN BASE A LA VENTAS QUE ELLA REALIZA A TRAVES DE LA TERMINAL DE PRONOSTICOS DEPOSRTIVOS Y NO ES PROPIEDAD DE ELLA.
ESPERO HABER HECHO LO CORRECTO Y EL 28 DE ABRIL CONSULTARE LA RESPUESTA Y LES INFORMO QUE RESOLVIO LA AUTORIDAD FISCAL
EL 18 DE MARZO LE LLEGA REQUERIMIENTO DE OBLIACIONES OMITIDAS DE PARTE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y REQUIEREN LO SIGUIENTE: JUL AGO SP OCT NOV DIC 2010 IEPS Y SE BASAN ART. 2, FRAC II, INCISO
PIDE UNA CITA AL SAT DE TAPACHULA LLEVANDO SU CONVENIO. LA ATIENDEN Y LE DAN UNA GUIA DE OBLIACIONES DONDE DICE QUE ESTA REGISTRADO EN EL PADRON DEL RFC CON ACTIVIDAD DE REALIZACION DE JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS.Y QUE DE ACUERDO A LA INFORMACION QUE ELLA PRESENTA ESTA EN EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. POR LO CUAL DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES OPERACIONES, PRESENTAR DECLARACION Y PAGO BIMESTRAL DE ISR IVA IETU A TRAVES DE CUOTA FIJA QUE LA ENTIDAD FEDERATIVA. REGIMEN PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES; PRESENTAR LA DECLARACION Y PAGO DEFINITIVO MENSUAL DEL IEPS POR CELEBRACION DE SORTEOS. Y POR LO CUAL LÑE DAN ACUSE DE RESPUESTA EN DONDE LE INFORMAN QUE LAS OBLIACIONES PENDIENTES DE PAGO A LA PRESNTE FECHA 20 DE ABRIL 2011 SON: 33 PAGOS MENSUALES DEL, IEPS POR LA CELEBRACION DE JUEGOS Y SORTESOS DE JULIO 2008 A MARZO 2011. POR LO CUAL LA INVITAN A PRESENTAR A TREGULARIZARSE CON LA PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES Y POSTERIORMENTE PRESENTAR LOS AVISOS QUE CORRESPONDAN A FIN DE TENER ACTUALIZADO SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. TAMBIEN LE DAN UN NUMERO DE FOLIO OR201129804651 Y CON EL CUAL DEBERA CONSULTAR LA RESPUESTA A SU PLANTEAMIENTO A TRAVES DEL PORTAL DE INTERNET DEL SAT EL 28 DE ABRIL DE 2011. Y LE INFORMARON QUE LO PRIMERO QUE DEBERIA HACER ES PRESENTAR LAS DECLARACIONES OMITIDAS Y ESE ES EL MOTIVO POR EL CUAL SE OPTO POR PRESENTAR LAS 33 DELARACIONES INFORMATIVAS DE RAZONES POR LAS CUALES NO SE REALIZA EL PAGO INDICANDO LA RAZON DE QUE NO SE REALIZARON ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DE IEPS EN EL PERIODO YA QUE ELLA ES SOLO UN AGENTE QUE COBRA POR VENDER EL PRODUCTO DE PRONOSTICOS DEPORTIVOS Y QUE LA COMISION QUE PERCIBE ES EN BASE A LA VENTAS QUE ELLA REALIZA A TRAVES DE LA TERMINAL DE PRONOSTICOS DEPOSRTIVOS Y NO ES PROPIEDAD DE ELLA.
ESPERO HABER HECHO LO CORRECTO Y EL 28 DE ABRIL CONSULTARE LA RESPUESTA Y LES INFORMO QUE RESOLVIO LA AUTORIDAD FISCAL
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- editor20
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 1415
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71146
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: PROBLEMA EN ALTA OBLIGACIONES
Espero no tengas que llegar a pleito judicial en donde tendrías que pedir a tu abogado que exija al SAT presente el aviso de alta de obligaciones firmado por el contribuyente en donde éste dió aviso de que "Y LE DAN UNA GUIA DE OBLIACIONES DONDE DICE QUE ESTA REGISTRADO EN EL PADRON DEL RFC CON ACTIVIDAD DE REALIZACION DE JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS."
Naturalmente que el SAT nunca lo va a poder presentarlo.
Cuando recién se inventó el Impuesto al Activo cada trimestre me llegaban requerimientos a mí, profesionista de honorarios, solicitando mis pagos de IA. Cada trimestre (fácil fueron 4) yo iba y les aclaraba que los honorarios no causan impuesto al activo y que me mostraran el R-2 firmado por mí donde yo me había dado de alta en ese impuesto. Me cancelaban el requerimiento y la multa y al siguiente trimestre otra vez lo mismo. Hace tres, cuatro años mi actividad salía como "Máquinas fotográficas de monedas" en vez de Contador Público, tal como dice mi alta al RFC de 1972. Sí sería bueno que nos tuvieras al tanto sobre todo porque si quieren cometer un abuso con el contribuyente (te decía de las multas) tengo manera de hacer difusión de ello para levantar "olas" y evidenciar la mala actuación de algunos funcionarios, como la que recién conocimos en este foro acerca de fincar omisión de ingresos por no declarar una revaluación de activos. En esta última intervención dices que les pidieron 6 declaraciones de 2010, pero presentaste las 33 a partir de julio de 2008, sin embargo esta reforma a la Ley del IEPS empezó desde enero de 2008. Saludos.
Naturalmente que el SAT nunca lo va a poder presentarlo.
Cuando recién se inventó el Impuesto al Activo cada trimestre me llegaban requerimientos a mí, profesionista de honorarios, solicitando mis pagos de IA. Cada trimestre (fácil fueron 4) yo iba y les aclaraba que los honorarios no causan impuesto al activo y que me mostraran el R-2 firmado por mí donde yo me había dado de alta en ese impuesto. Me cancelaban el requerimiento y la multa y al siguiente trimestre otra vez lo mismo. Hace tres, cuatro años mi actividad salía como "Máquinas fotográficas de monedas" en vez de Contador Público, tal como dice mi alta al RFC de 1972. Sí sería bueno que nos tuvieras al tanto sobre todo porque si quieren cometer un abuso con el contribuyente (te decía de las multas) tengo manera de hacer difusión de ello para levantar "olas" y evidenciar la mala actuación de algunos funcionarios, como la que recién conocimos en este foro acerca de fincar omisión de ingresos por no declarar una revaluación de activos. En esta última intervención dices que les pidieron 6 declaraciones de 2010, pero presentaste las 33 a partir de julio de 2008, sin embargo esta reforma a la Ley del IEPS empezó desde enero de 2008. Saludos.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.268 segundos