Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Factura CFE

Más
14 años 6 meses antes #78587 por isaveljimenez
Factura CFE Publicado por isaveljimenez
a un cliente le hicieron una revisión por parte de CFE de los medidores de luz, encontrandose que estabanm descalibrados, por lo cual procedieron a hacerle un ajuste en el cobro, se convenio con la CFE hacer unpago inicial de 50,000 y 6 pagos mas de 20,000, al momento de entegar el primer pago se le solicito la factura correspondiente y solo dijeron que de eso no se hacia factura, solo emitieron el recibo de la caja registradora donde aparece iva 0
COmo debo hacerle para deducirla?

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 6 meses antes #78591 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Factura CFE
Ante el SAT y ante la PROFECO y denunciar interponiendo escrito donde informes todas las circunstancias del caso y ante la misma CFE donde solicites se cumpla con la expedición de los comprobantes a que están obligados, y al calce le pones "con copia para el SAT y la PROFECO" y espero tengas los nombres y cargos de los empleados que te "atendieron". Obviamente anexando fotocopia del recibo donde te cobraron la energía eléctrica a tasa CERO.
Los pocos exCia de luz que recontrataron tienen las mismas mañas de la mafia que se dedicaba a extorsionar al público, sobre todo en Naucalpan y de preferencia a las empresas, con ese fallido argumento de la descalibración. Por principio, no pueden estimarles nada, con el nuevo medidor digital que les instalaron no pueden sacar un "símil" hacia atrás suponiendo que los consumos actuales son iguales a los de períodos anteriores, porque puede haber en otros años menos máquinas o utilizarse menos turnos. Además, si te están cobrando períodos anteriores a la fecha de la extinción de Luz y Fza. del Centro esos dineros no los puede cobrar la CFE, deben enterarse, perfectamente soportados con los consumos correspondientes en una Oficina Especial para cobros de la Cia. Luz y Fza. del Centro que se encuentra en Tlalpan (pedir la dirección exacta en un Módulo de CFE).
Saludos.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 6 meses antes - 14 años 6 meses antes #78599 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Factura CFE
Buena tarde:

Cabe agregar, disposiciones y artículo extraídos tanto del Manual de Disposiciones Relativas al Suministro y Venta de Energía Eléctrica y Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica:

DECIMOSEXTA.- Cuando por causas de programación, o porque los lugares en que se preste el servicio estén muy alejados de los centros administrativos del suministrador y no existan medios de transporte adecuados, éste podrá modificar el periodo de toma de lecturas, para que sea hasta de una vez cada 6 (seis) meses, con una tolerancia de 6 (seis) días en más o en menos.

Tal periodo de lecturas no afectará el periodo de facturación a que se refiere la disposición vigesimosegunda, para lo cual el suministrador estimará los consumos con base en los registros de que disponga para el mes, bimestre o bien el promedio anual del año anterior. Cuando se trate de un servicio nuevo, dicha estimación se hará de acuerdo con los consumos promedio de servicios similares que cuenten con medición dentro de la ruta en que se ubique el servicio.

Después de efectuada la lectura de los aparatos de medición, será necesario llevar a cabo un ajuste en las facturaciones expedidas dentro del periodo de lecturas, para lo cual se tomarán tantas veces como meses haya comprendido el periodo de lecturas; hecho lo cual, se aplicará la tarifa correspondiente en sus términos. El suministrador estará obligado a efectuar los ajustes correspondientes en la facturación a favor del usuario respecto de las cantidades cobradas en exceso; en caso contrario, el usuario estará obligado a pagar al suministrador las cantidades cobradas insuficientemente.

Los servicios en tarifas con cargos por demanda, en ningún caso quedarán afectos a estas excepciones.

[...]

DECIMOCTAVA.- Cuando deba estimarse el consumo de energía eléctrica, el suministrador procederá de la siguiente forma:

[…]

IV. En el supuesto de la fracción IV de la disposición anterior, una vez efectuada la lectura de los aparatos de medición se facturará nuevamente el suministro, con el consumo real ocurrido en el periodo en que se hubiera estimado el mismo, a fin de determinar, en su caso, la diferencia entre las facturaciones estimadas y las reales. El pago o compensación de los ajustes correspondientes se hará en un número de facturaciones posteriores igual al número de aquéllas cuyos consumos hubieran sido estimados. En ambos casos, los periodos de ajuste no podrán exceder a los señalados en la fracción III del artículo 31 del Reglamento.

Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica

Artículo 31.- El suministrador verificará periódicamente, previo aviso al usuario, que los equipos de medición se ajusten a la exactitud establecida en la norma oficial mexicana del equipo y retirará los que no permitan su ajuste, sustituyéndolos por los adecuados.

[...]

III. Los ajustes mencionados se aplicarán a un período no mayor de dos años;

Por lo tanto, considero que la Comision Federal de Electricidad tiene la obligación de expedir los comprobantes fiscales por concepto de las cantidades cobradas insuficientemente por consumo de energía eléctrica.

Saludos
Última Edición: 14 años 6 meses antes por a_cano.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 6 meses antes #78610 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Factura CFE
a_cano, magnifico material como siempre, pero isaveljimenez mencionó DESCALIBRACIÓN, del medidor, tema que no encuentro en la claúsula décimo sexta. Hace como cinco años a un cliente inmobiliaria le exigían $200,000 porque los medidores no servían pero que con $40,00 le arreglaban el problema. Le dieron un recibo manuscrito sin IVA desglosado porque prefirió pagar eso que sufrir el corte de energía que perjudicaría la producción de las empresas arrendatarias.
Saludos.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 6 meses antes - 14 años 6 meses antes #78613 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Factura CFE
Buena noche:

Me permito agregar la siguiente disposición del Manual de Disposiciones Relativas al Suministro y Venta de Energía Eléctrica:

DECIMOSEPTIMA.- El suministrador estimará los consumos de los usuarios y aplicará la tarifa correspondiente, en los siguientes casos:

I. Cuando se conecte un suministro sin instalar el equipo de medición;

II. En los suministros para el servicio de alumbrado público, en los casos que no se haya instalado el equipo de medición por causas técnicas o económicas;

III. Cuando se dañen los equipos de medición, y

IV. Cuando por causas ajenas al suministrador no puedan tomarse las lecturas.

También es importe proceder a revisar, si el convenio celebrado está apegado al Manual en comento.

Saludos
Última Edición: 14 años 6 meses antes por a_cano.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 6 meses antes #78614 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Factura CFE
Ok, ahora sí ya encuadra en la Clausula Décimo Séptima.
Y también sería bueno que isaveljimenez nos dijera si el medidor dañado ya era de los "digitales" que según son infalibles.
Saludos.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.790 segundos
Gracias a Foro Kunena