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Aviso de compensacion por pago de lo indebido PP

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14 años 3 meses antes #81101 por hera
Buen dia,

Soy una PM obligada a dictaminarse y tuve un pago de lo indebido en enero 2012 de ietu y lo compense vs isr donde me quedo un remanente que compense vs iva de abril del 2012. Tengo que presentar aviso? Ya que en el programa F3241 solo viene la opcion de saldo a favor y no de pago de lo indebido.

Gracias!!

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14 años 3 meses antes #81469 por GDJS
Buenas tardes


Debido a que comentas que ya compensaste el impuesto de IVA de abril, tengo entendido que si tienes que presentar el aviso. Con respecto al Formato 3241 no lo tienes que enviar debido a que se entiende que ese requisito se realiza cuando son saldos iniciales y tu compensacion es por un remanente. Lo que si tienes que enviar es el formato electrónico correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por el SAT en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez ; los datos y documentos que el propio formato solicita.



www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...acion/162_19107.html

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14 años 1 mes antes - 14 años 1 mes antes #82574 por Gealram
Hola, buenas tardes.
Tengo un caso tambien de PM (No dictamina) con pago indebido de IETU en Enero 2012 compensado Vs Iva de junio 2012. Presente la declaracion complementaria corrigiendo IETU Enero 2012 en la que no me salio importe a pagar, pero en la normal ya habia pagado por lo que en la complementaria capture la fecha y el importe pagado con anterioridad, y dicho importe me lo manifiesta como Saldo a favor.

Presento mi aviso de compensacion y me es rechazado con la siguiente leyenda: Presenta las siguientes inconsistencias: "*Revisar los datos de la declaracion provisional debido a que los pagos provisionales son a cuenta de la declaracion anual y es en ese momento cuando se determina un impuesto a cargo o impuesto a favor"

En la declaracion provisional complementaria al capturar la fecha e importe que pague con anterioridad, este me lo manifiesta como Saldo a favor, pues no hay opcion de que me lo manifieste como PAGO INDEBIDO.
¿Debo entender entonces que no debi anotar los datos del importe pagado con anterioridad para que no apareciera como saldo a favor?.
Ya intente presentar otra complementaria tratando de ya no manifestar el pago realizado con anterioridad pero al parecer no me da opcion de modificarlo o eliminarlo, por lo tanto queda como saldo a favor cuando en realidad es un pago indebido.
¿Vuelvo a enviar mi aviso de compensacion haciendo mencion de que es un pago indebido, de que otra complementaria no me da opcion de eliminar el pago realizado con anterioridad, o ya pago lo que me compense y me espero a final del ejercicio para poder compensarlo?

Gracias por compartir sus experiencias en casos similares y por sus aportaciones.

¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.
Última Edición: 14 años 1 mes antes por Gealram.

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14 años 1 mes antes #82575 por fiscalista 1
Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación
I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere el Capítulo I.2.11. y la Sección II.2.8.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo mediante compensación de saldos a favor manifestados en declaraciones de pagos provisionales y definitivos presentados de igual forma a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.

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14 años 1 mes antes #82583 por Gealram
Fiscalista 1.

Muy agradecido. Pequeño gran detalle que pasaba por alto. Te prometo ir a las reglas que comentas para releerlas y empaparme un poco mas.

Saludos

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14 años 1 mes antes #82646 por bandido
delicado el caso, es PM dictaminada, sí tienes obligaciones de presentar el aviso que señala GDJS

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Gracias a Foro Kunena