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Multa por errores pagos provisionales Visita Dom

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14 años 1 mes antes #82718 por santo
Buen dia

Estoy atendiendo una visita domiciliaria , la cual el SAT pretende ya cerrar , me determinan unas supuestas diferencias
de IVA las cuales voy a aclarar, la verdad es que solo buscan recaudar ya que su revision fue muy por encima

Mi duda es referente a lo siguiente , debido a que determinan esas diferencias en IVA y a que los saldos presentados
en los pagos provisionales no concuerdan con su "revision", ademas de querer cobrar el IVA , quieren imponer
una multa por cada declaracion es decir Enero a Diciembre fundamentada en el CFF Art 82 Parrafo II , inciso e
el cual menciona lo siguiente.

II. Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

Por lo que veo se estan basando en que la declaracion tiene un error, por que el saldo declarado no coincide con lo que ellos
determinan.

Son procedentes estas multas ? , Pretenden cobrar 12 multas de $3,360 c.u. con su respectivo descuento


Agradezco de antemano sus opiniones al respecto.

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14 años 1 mes antes #82720 por fiscalista 1
Las multas son de fondo si se materializan los supuestos, Art.81, 82, C.F.F., pero es correcto las diferencias que te están determinando, u otra cosa el acta de visita está bien fundamentada?, puntos importantes.


Saludos

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14 años 1 mes antes #82725 por santo
Fiscalista , gracias por responer.

Las diferencias no son correctas ,me presentaron una "propuesta" de su revision , la cual analizo y detecto errores
por parte de ellos en sus calculos, por lo que practicamente no habria omision alguna de impuestos.

Aun con todo y eso , los saldos a favor declarados en los meses estarian incorrectos y adicionalmente supongo que
querran imponer esas multas.

A mi punto de vista personal , veo muy abierto el inciso al que hacen referencia , ya que solo hace mencion a errores, mas
no de que tipo ,por lo que deja esto a que en cualquier revision , en donde existiera el mas minimo error , asi sea un peso en un calculo
en un saldo , este se recorra y te hagas acreedor a una docena de multas.

Leo y leo el articulo , y no me queda duda de que si se hubiera escrito mal el RFC , si seria acreedor a esta sancion , mas dada la situacion , con un solo comprobante que digan que no es deducible , todos los saldos cambiarian y por consecuencia , todas las declaraciones tendrian error.

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14 años 1 mes antes - 14 años 1 mes antes #82726 por fiscalista 1
Si estás seguro que no escorrecto lo que te están determinando deja que avancen y emitan el acta final y luego desvirtuas el contenido de sus actuaciones, si aceptas la propuestas de autocorregirte con los DATOS QUE ESTAN DETERMINANDO ellos , pues ahí vas a caer en un error y palo la multa.























scv@live.com.mx
Última Edición: 14 años 1 mes antes por fiscalista 1.

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14 años 1 mes antes - 14 años 1 mes antes #82750 por LOBOZAC
...Las diferencias no son correctas ,me presentaron una "propuesta" de su revision , la cual analizo y detecto errores
por parte de ellos en sus calculos
, por lo que practicamente no habria omision alguna de impuestos.HAZLES LAS ACLARACIONES PERTINENTES

Aun con todo y eso , los saldos a favor declarados en los meses estarian incorrectos y adicionalmente supongo que
querran imponer esas multas. ?????????? NO TE ENTIENDO


...con un solo comprobante que digan que no es deducible , todos los saldos cambiarian y por consecuencia , todas las declaraciones tendrian error. Y PORQUE ????????.........SI LA REVISION ES DE "ERRORES EN PROVISIONALES"..........NO DE DEDUCIBILIDAD O NO DE COMPROBANTES FISCALES

Comentas ?

Gracias

Saludos
Última Edición: 14 años 1 mes antes por LOBOZAC.

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14 años 1 mes antes #82754 por Contribuyente
Buenas noches.

No pierdas de vista que las declaraciones de IVA no influyen una en las otras, pues cada mes presentas una declaración definitiva y no un pago provisional.

De todos modos puede incidir en tus aplicaciones mensuales, si tomas saldos a favor que no eran correctos, lo cual hace incorrecta la declaración con dicho saldo a favor y lo mismo sucede con aquella en la que apliiques dicho saldo incorrecto para reducir tu impuesto a cargo. Esto daría dos errores y, por consiguiente, también dos multas.

Espero que la propuesta te la hagan por escrito (aunque lo dudo) aunque luego la "negociación" es que la omisión no la califican como de fondo, sino de forma y eso les permite aplicar una sola multa. Es una de las formas que tienen para ayudar (?) al contribuyente y sacar su trabajo rápidamente.

Espero te sirva de algo este comentario.

Saludos cordiales a los participantes.

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