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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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UNIDAD DE MEDIDA: SERVICIO

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14 años 2 días antes #83761 por Principiante1803
Hola Buen día. Espero me puedan ayudar con esta duda.. estuve buscando en tópicos anteriores y no encontré información que me oriente en mi duda..

De acuerdo a las nuevas reglas de expedición de comprobantes.. y de acuerdo a la siguiente regla: De la segunda RMF del 07 de junio de 2012

Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales
I.2.7.1.5. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF, por unidad de medida debe entenderse a las unidades básicas del Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las señaladas en el Apéndice 7 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.
En los casos de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, se podrá asentar la expresión “No aplica”.

Nos menciona, que en caso de servicios, se podrá usar la expresión. No aplica..

Mi duda radica, es que en los CFDI´S hemos estado poniendo la expresión.. Servicio como unidad de medida, ¿es esto incorrecto? Esta duda surgió debido a que un cliente nos hizó la observación.

Y en caso, de que no sea valida la expresión de "Servicio como unidad de medida, ¿Debo cancelar mis facturas ya expedidas y volver a facturarlas?

Espero sus comentarios..

Muchas gracias..

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14 años 2 días antes #83762 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: UNIDAD DE MEDIDA: SERVICIO
Mi duda radica, es que en los CFDI´S hemos estado poniendo la expresión.. Servicio como unidad de medida, ¿es esto incorrecto? Esta duda surgió debido a que un cliente nos hizó la observación. ,............QUE FUNDAMENTOS TE DIO ?............

Y en caso, de que no sea valida la expresión de "Servicio como unidad de medida, ¿Debo cancelar mis facturas ya expedidas y volver a facturarlas?

PARA QUE COMPRENDAS, DEBES LEER...... por unidad de medida debe entenderse a las unidades básicas del Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las señaladas en el Apéndice 7 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.


SALUDOS
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14 años 2 días antes #83763 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: UNIDAD DE MEDIDA: SERVICIO
Las palabras no significan nada, bueno, eso dicen algunos. Esto para expresar que algunos consideran invariablemente que la palabra "podrá" brinda una opción a elegir por parte del contribuyente, no siempre es así, de hecho en algunas ocasiones representa en realidad una especie de orden u obligatoriedad.

A mi entender en el presente caso representa eso, una obligatoriedad de adoptar como unidad de medida para el caso de servicios la leyenda "No Aplica". Por tanto y en mi particular percepción lo que han venido haciendo es incorrecto, pero proceder a cancelar las facturas y refacturar puede implicar situaciones poco gratas con los clientes, ignoro que tanto sea su volumen de facturación y que tantas deban ser las que recolecten para sustituirlas, labor ya por si misma algo latosa, voy a suponer que tienen facturas de meses anteriores, ello va a provocar que al momento de refacturar/sustituir y al ser CFDI la fecha que va a contemplarse para la factura nueva va a ser fecha actual, es decir, de septiembre, ¿No le provoca problemas al cliente?, si son del mismo ejercicio puede procederse a la deducción, pero ¿Y si es de años anteriores?, ignoro que tipo de servicios sean los que prestan, pero por ser servicios lo factible es que para el cliente que deduce sea un GASTO y a este tpo de deducciones les aplica el requisito de que el documento comprobatorio contenga fecha del ejercicio en que se deduce. Entiendo que el requisito es aplicable a partir de julio de este año y que los comprobantes a recolectar sean de ese mes al día de hoy, pero el comentario de la fecha y deducción viene al caso por preveer que les brinque el año en tomar una decisión que afecta a sus clientes.

Estrictamente lo que han venido haciendo lo juzgo incorrecto, pero me parece o quiero pensar, que auditores (públicos y privados) van a manejar con cierta flexibilidad ciertos requisitos en ciertos periodos. Es decir, incorrecto, si. Me doy cuenta, lo corrijo. Sustituir facturas ya expedidas, valorar la inversión de tiempo y posibles molestias con los clientes, exponer para mitigar las molestias que es precisamente para evitarles rechazos.
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14 años 2 días antes #83764 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: UNIDAD DE MEDIDA: SERVICIO
Por no dejar y en relación al verbo poder, va lo siguiente.

“Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VI, Agosto de 1997
Tesis: 2a. LXXXVI/97 Página: 217 Materia: Administrativa

PODER. EL USO DE ESTE VERBO EN LAS DISPOSICIONES LEGALES, NO NECESARIAMENTE IMPLICA UNA FACULTAD
DISCRECIONAL.

En el ámbito legislativo el verbo "poder" no necesariamente tiene el significado de discrecionalidad, sino que en ocasiones se utiliza en el sentido de "obligatoriedad", pues en tal hipótesis se entiende como un deber. Sin embargo, no siempre es claro el sentido en el que el legislador utiliza el verbo "poder", por lo que para descubrir la verdadera intención del creador de la ley, los principios filosóficos de derecho y de la hermenéutica jurídica aconsejan que es necesario armonizar o concordar todos los artículos relativos a la cuestión que se trate de resolver, máxime en aquellos casos en que el verbo, por sí solo, no es determinante para llegar a la conclusión de que la disposición normativa en que se halla inserto, otorga una facultad potestativa o discrecional a la autoridad administrativa.”


FACULTADES DISCRECIONALES Y REGLADAS.
DIFERENCIAS. Para determinar si la autoridad goza de facultades discrecionales o regladas debe atenderse al contenido de la norma legal que las confiere. Si ésta prevé una hipótesis de hecho ante la cual la autoridad puede aplicar o no la consecuencia de derecho prevista en la misma, según su prudente arbitrio, debe afirmarse que la autoridad goza de facultades discrecionales. Empero, cuando la autoridad se encuentra vinculada por el dispositivo de la ley a actuar en cierto sentido sin que exista la posibilidad de determinar libremente el contenido de su posible actuación, debe concluirse que la autoridad no goza de facultades discrecionales sino regladas.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO
CUARTO CIRCUITO. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XVII, Febrero de 2003. Tesis:
XIV.2o.44 K. Página 1063. Materia Común. Tesis aislada.
Amparo directo 191/2002. Joaquín Pacheco Medina. 31 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Gabriel García Lanz, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para
desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Leticia Evelyn Córdova Ceballos».
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14 años 2 días antes #83772 por Principiante1803
Gracias por sus comentarios..

Lobozac... No me dio fundamento el cliente, únicamente menciono que estaba incorrecto.
Y debido que en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,que menciona no viene el servicio como unidad de medida, consideramos poner como unidad servicio, tomando en cuenta como menciona sosgtorreon que la palabra "podrá" nos daba la pauta como opción....siendo que no necesariamente es correcto.


Ahora considerando, lo que menciona sostgtorreon, tenemos la oportunidad de corregir esa situacion, desde esta fecha, para evitarnos futuros problemas..En cuyo caso solo tendriamos que cancelar julio, agosto y septiembre a petición claro de los clientes....

Unicamente facturamos servicios administrativos, operativos y contables, y nuestro volumen es medianamente considerable.

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14 años 2 días antes #83775 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: UNIDAD DE MEDIDA: SERVICIO
En conclusión que concepto pondrás en la facturas?...porque al pasar al siguiente ejercicio sera un problema mas grave.


saludos

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