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regimen incorporacion fiscal
- ioagui
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12 años 8 meses antes #91606
por ioagui
regimen incorporacion fiscal Publicado por ioagui
buenos dias, entonces con todo esto de que si se paga ono se paga iva,me quedó una duda: si tengo ventas al publico en gral y ventas que sime piden factura, quedaria de la sig. manera: de las ventas al publico en gral no pago iva ni isr y de las ventas que si necesito hacer factura pagaría iva?, es correcta mi apreciación o en verdad no entendí nada, muchisimas gracias
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- LOBOZAC
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12 años 8 meses antes - 12 años 8 meses antes #91615
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema regimen incorporacion fiscal
Veo que es tu primer mensaje, seas entonces bienvenido a esta tu casa fiscal, TU APRECIACIÓN ES COMPLETAMENTE ERRÓNEA, TE SUGIERO LEER DETENIDAMENTE OTROS TOPICOS PLATICADOS YA CON ANTELACION EN ESTE FORO, ADEMAS DE DARLE UNA BUENA BUCEADA A LAS MODIFICACIONES DE TODAS LAS LEYES "NUEVAS, EN ESPECIAL LA DEL IVA, a fin de que comprendas un poco mas.
LO QUE TE MENCIONO DE FORMA GENERAL ES QUE, CLARO QUE PAGARAS IVA, Y EXISTE LA POSIBILIDAD DE NO PAGAR ISR
Saludos
LO QUE TE MENCIONO DE FORMA GENERAL ES QUE, CLARO QUE PAGARAS IVA, Y EXISTE LA POSIBILIDAD DE NO PAGAR ISR
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Última Edición: 12 años 8 meses antes por LOBOZAC.
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12 años 8 meses antes #91619
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema regimen incorporacion fiscal
Ahora bien, también sugiero LEAS DETENIDAMENTE EL: DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa del Jueves 26 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ... por ahi existe la posibilidad de ... siempre y cuando cumplas con ...
Saludos
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- Gabriela18
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12 años 8 meses antes #91621
por Gabriela18
Respuesta de Gabriela18 sobre el tema regimen incorporacion fiscal
Yo entendi lo mismo que ioagui, pero el ESTIMULO del IVA es unicamente en 2014, segun lo dispuesto en el decreto que compila diversos beneficios fiscales del 26 de Diciembre que dice asi:
Que si bien los pequeños contribuyentes que tributan hasta el 31 de diciembre de 2013 en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, están obligados al pago del impuesto al valor agregado, cumplen con esta obligación a través del pago de la cuota integrada de todos los impuestos federales, la cual es estimada por las entidades federativas que tenían celebrado convenio de coordinación administrativa en materia fiscal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Que dichos contribuyentes no están obligados como REPECOS a emitir facturas, ya que sólo están obligados a emitir notas de ventas por operaciones mayores a 100 pesos, en las cuales no trasladan en forma expresa y por separado el impuesto al valor agregado a que, en su caso, estuviera sujeta la operación;
Que en tal sentido, se considera necesario que por el ejercicio de 2014 se otorgue a los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, a que se refiere la Sección II, del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1 de enero 2014, un estímulo fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producción y servicios, que deba trasladarse en la enajenación de bienes o prestación de servicios, que se efectúen con el público en genera, el cual será acreditable contra el impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios, según se trate, que se deba pagar por dichas operaciones; estímulo que está condicionado a que no se traslade al adquirente de los bienes o servicios cantidad alguna por concepto de los impuestos mencionados, así como que cumplan con la obligación de proporcionar la información relativa a los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones y la información de las operaciones con sus proveedores
Que si bien los pequeños contribuyentes que tributan hasta el 31 de diciembre de 2013 en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, están obligados al pago del impuesto al valor agregado, cumplen con esta obligación a través del pago de la cuota integrada de todos los impuestos federales, la cual es estimada por las entidades federativas que tenían celebrado convenio de coordinación administrativa en materia fiscal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Que dichos contribuyentes no están obligados como REPECOS a emitir facturas, ya que sólo están obligados a emitir notas de ventas por operaciones mayores a 100 pesos, en las cuales no trasladan en forma expresa y por separado el impuesto al valor agregado a que, en su caso, estuviera sujeta la operación;
Que en tal sentido, se considera necesario que por el ejercicio de 2014 se otorgue a los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, a que se refiere la Sección II, del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1 de enero 2014, un estímulo fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producción y servicios, que deba trasladarse en la enajenación de bienes o prestación de servicios, que se efectúen con el público en genera, el cual será acreditable contra el impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios, según se trate, que se deba pagar por dichas operaciones; estímulo que está condicionado a que no se traslade al adquirente de los bienes o servicios cantidad alguna por concepto de los impuestos mencionados, así como que cumplan con la obligación de proporcionar la información relativa a los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones y la información de las operaciones con sus proveedores
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- albertoarma
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12 años 8 meses antes #91622
por albertoarma
Respuesta de albertoarma sobre el tema regimen incorporacion fiscal
Buen día, con respecto a este tema, como bien dice LOBOZAC , en el decreto del dia 26 del presente mes salio una facilidad para los del RIF tanto de IVA como de IEPS, y para mayor referencia lee los transitorios. Y esto si esta publicado en el DOF.
Saludos
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- konli
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12 años 8 meses antes #91625
por konli
Respuesta de konli sobre el tema regimen incorporacion fiscal
Que en tal sentido, se considera necesario que por el ejercicio de 2014 se otorgue a los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, a que se refiere la Sección II, del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1 de enero 2014,
un estímulo fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producción y servicios, que deba trasladarse en la enajenación de bienes o prestación de servicios, que se efectúen con el público en general
Translade al cliente , esa es la palabra clave
el cual será acreditable contra el impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios, según se trate, que se deba pagar por dichas operaciones;
Esto es acredita normalmente contra las compras
estímulo que está condicionado a que no se traslade al adquirente de los bienes o servicios cantidad alguna por concepto de los impuestos mencionados,
Significa que todas las compras del contribuyente, Que lleva IVA o impuesto especial sobre producción y servicios NO LO PUEDES transladar A TUS CLIENTES
Para concluir =$%&•”%&$
un estímulo fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producción y servicios, que deba trasladarse en la enajenación de bienes o prestación de servicios, que se efectúen con el público en general
el cual será acreditable contra el impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios, según se trate, que se deba pagar por dichas operaciones;
estímulo que está condicionado a que no se traslade al adquirente de los bienes o servicios cantidad alguna por concepto de los impuestos mencionados,
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