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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Saldo a Favor
- Mariana102
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Después de poner el tema en otro apartado por equivocación
Tengo una duda, si pudieran ayudarme a resolverla, lo agradecería!
La declaración anual arrojó saldo a favor ISR, y el contribuyente no desea ni compensación, ni devolución,
por lo que pensé dos opciones:
* Seleccionar compensación, y no presentar el aviso, y por supuesto no utilizar el saldo para compensar, pero no estoy segura, si aunque no se aplique la compensación, haya alguna sanción por no presentar el aviso.
* No seleccionar ni compensación, ni devolución, sino elegir -sin selección- Declarasat sí lo permite, sin embargo no se si resulte, digamos... "raro" , que se elija esa opción.
Espero haber sido clara, y recibir sus opiniones Muchas Gracias!!
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- mikecoz81
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La opción "compensación" se refiere a que ese saldo a favor lo usarás en periodos posteriores vía compensación, es decir, en después de presentar tu anual no tienes que presentar ningún aviso de compensación.
Saludos.
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- Mariana102
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Es cierto!!!!
muchas gracias!, me confundi con eso de que 5 dias despues hay que presentar el aviso, pero tienes razón!!! creo que es así:
5 dias despues de Usar la compensacion, y
no 5 dias despues de presentar la anual
Muuuuuchas graaaaaacias!!!
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mikecoz81 escribió: Buenas tardes!............
La opción "compensación" se refiere a que ese saldo a favor lo usarás en periodos posteriores vía compensación, es decir, en después de presentar tu anual no tienes que presentar ningún aviso de compensación.
Saludos.
¿ Podrías exponer el fundamento?
Creo a mas de uno resultara de utilidad.
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- LOBOZAC
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por lo que pensé dos opciones: "
Ese saldo A FAVOR, lo podrás COMPENSAR en tiempo posterior, SI ES QUE QUIERES, SI NO LO UTILIZAS, SIMPLEMENTE SE PERDERÁ AL PASO DE LOS AÑOS, obvio es que si lo utilizas contra cantidad a pagar, entonces si COMPENSARAS DE MANERA TRADICIONAL CON SU AVISITO
Saludos
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- G-Ornelas
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La declaración anual arrojó saldo a favor ISR, y el contribuyente no desea ni compensación, ni devolución,
por lo que pensé dos opciones:
* Seleccionar compensación, y no presentar el aviso, y por supuesto no utilizar el saldo para compensar, pero no estoy segura, si aunque no se aplique la compensación, haya alguna sanción por no presentar el aviso.
* No seleccionar ni compensación, ni devolución, sino elegir -sin selección- Declarasat sí lo permite, sin embargo no se si resulte, digamos... "raro" , que se elija esa opción.[/quote
Buena tarde señorita, en palabras simples, debes elegir una opción para obtener el acuse de presentacion de la declaración anual, ya sea DEVOLUCION o Compensacion, en la segunda opcion "sin seleccion" NO TE PERMITIRA HACER EL ENVIO.
Saludos
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
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