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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Regimen de coordinados
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con respecto a mi tema principal, no se si alguien este enterado de la opcion que existe de estar en el régimen de coordinados, aun y cuando no se presento aviso el 31/01/2015.
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- Edheras
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Aquí la referencia, con retroactividad a Enero 2014, de lo que comentas:
DOF 18-11-2015
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
ARTÍCULO SEGUNDO.- En relación con la Ley del Impuesto sobre la Renta a que se refiere el Artículo Primero de este Decreto, se estará a lo siguiente:
…
…
XIV. Lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta respecto de los integrantes de los coordinados o las personas morales dedicadas exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros, será aplicable desde el 1 de enero de 2014.
Para efectos del párrafo anterior, los contribuyentes deberán presentar a más tardar el 31 de marzo de 2016 el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones con efectos retroactivos, así como, en su caso, las declaraciones complementarias de pago provisional y anual correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015.
Los contribuyentes que hubieran pagado el impuesto sobre la renta correspondiente a los ejercicios fiscales de 2014 y 2015 dentro del régimen general de las personas morales y que presenten las declaraciones complementarias a que se refiere el párrafo anterior, en caso de obtener algún saldo a favor, el mismo podrá ser compensado en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, sin que dicho beneficio dé lugar a devolución alguna.
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Edheras, mil gracias por la información para mi es muy importante poque traigo un problema con cliente con esta situación, ahora nada mas falta ver la parte práctica, es decir en que momento esta ya hecho el cambio de R. Gral. a coordinados.
Por si alguien me puede apoyar con el procedimiento mucho se los agradeceré.
Nuevamente me despido y espero no se las tomen tan heladas por aquello de las gripas.
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- Edheras
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Edheras escribió: presentar a más tardar el 31 de marzo de 2016 el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones con efectos retroactivos,
...Pues ahí lo dice el aristogato;
Actualizas obligaciones en el Portal
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Gracias
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- Edheras
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La facilidad de cambio establecida en 2014, fue un procedimiento diferente y ese ya no aplica.
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