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CONSTANCIAS DE INTERESES POR CREDITO HIPOTECARIO
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1.- 2015 $ 18,000
2.- 2014 17,000
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4.- 2012 30,000
Pregunta ¿ puedo meter las declaracions anuales de los ejercicios anteriores a 2015 aun cuando no estaba dado de alta en hacienda? lo que me interesa es recuperar mis intereses hipotecarios.
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TIGREDEALICA escribió:
Pregunta ¿ puedo meter las declaracions anuales de los ejercicios anteriores a 2015 aun cuando no estaba dado de alta en hacienda? lo que me interesa es recuperar mis intereses hipotecarios.
¿Y quien le dijo que hacienda regresa sus intereses hipotecarios? si así fuera se imagina la larga fila que se iba a formar...
TIGREDEALICA escribió:
.... pero en los ultimos años 2013, 2014 no tuve ninguna relación laboral andaba sin seguro y sin ser dado de alta en hacienda YO PAGABA EL INFONAVIT COMO PODIA y tengo por recuperar los siguientes ejercicios en cuanto a intereses por creditos hipotecarios:
Ya se detuvo a considerar que tal vez el fisco le pregunte ¿Cómo le hizo para poder pagar su crédito?, dicho de otra forma, ¿Piensa presentar una declaración sin ingresos y con deducciones personales?, ¿Le dice algo la discrepancia fiscal?
Puntualizando, hacienda o sat, no regresa los intereses hipotecarios pagados, en todo caso dichos intereses califican como una deducción personal, pero ojo... no son los pagados, si no lo que la LISR denomina como intereses reales los que se disminuye de la base de ISR en beneficio del contribuyente, en la constancia que se obtiene del INFONAVIT le precisan el dato. Es altamente probable que el contribuyente merced a dicha disminución obtenga un saldo a favor.
Las variables son demasiadas para intentar citar cifras, depende de cada caso en lo particular... pero si parta de eso; si no hay ingresos a reportar al fisco, en consecuencia no hay base de ISR, por lo tanto no va a poder aplicar la deducción personal pretendida, adicional el saldo a favor de ISR en un momento dado no es el monto de los intereses, ni los pagados ni los reales, el saldo a favor lo van a constituir los anticipos que el contribuyente haya realizado, mediante pagos provisionales o mediante retenciones que terceros le hayan efectuado.
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¿crees que por el hecho de no tener ingresos no tenga derecho a solicitar mis $ 18, ooo de intereses reales pagados por concepto de intereses por la hipoteca.
yo pienso que si por favor opinen aun como me lo menciones con la discrepancia fiscal
saludos
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TIGREDEALICA escribió: Gracias SOS TORREON, te la cambio en el 2015 me di de alta en el mes de noviembre y no tuve ingresos en ese periodo
¿crees que por el hecho de no tener ingresos no tenga derecho a solicitar mis $ 18, ooo de intereses reales pagados por concepto de intereses por la hipoteca.
yo pienso que si por favor opinen aun como me lo menciones con la discrepancia fiscal
saludos
Volvemos a lo mismo.... pero avanzando.
Hacienda/SAT, NO regresan los intereses, en el mejor de los casos lo que te van a regresar es ISR que tú como contribuyente ya les pagaste en forma anticipada y que al momento de hacer tu declaración anual resulta pagado o retenido en exceso.
Si como citas, no tienes ingresos en ese periodo, doy por descontado que no hiciste pago provisional de ISR alguno, al igual que doy por descontado que nadie te retuvo ISR, por lo tanto la pregunta es, ¿Cómo vas a obtener un saldo a favor si no has anticipado nada?
El cálculo anual de ISR funciona mas o menos de la siguiente forma, tus ingresos menos tus deducciones, arroja una base o lo que en la declaración podemos leer como "Ingresos Acumulables", se tiene derecho en la anual a restar las llamadas deducciones personales, ahora si tienes la base definitiva de ISR, si no hay base por la posibilidad de que tus deducciones personales fueran mayor que los "Ingresos Acumulables", simplemente no hay ISR, por no haber base... en ese caso vas a tener a favor TODO EL ISR que hayas pagado en forma anticipada, ya mediante pagos provisionales o retenciones de terceros... pero si no hiciste anticipo alguno, como el caso que expones, ¿De dónde o con qué vas a generar el saldo a favor?
Parte del supuesto que no son intereses reales lo que pretendes deducir, si no gastos médicos, pero que el caso es igual, no hay ingresos, no hay anticipos de ISR, lo que pretendes es que el SAT te regrese lo que hayas pagado de gastos médicos, ¿Lo ves posible?, reitero... la autoridad te regresa ISR, no deducciones... si realizaste anticipos y obtienes saldo a favor, va... caso contrario, es como si yo fuera y te dijera que me pagues un dinero que nunca te preste.
El punto elemental es simple, hiciste anticipos al ISR, existe pues la posibilidad de un saldo a favor... no hiciste anticipo alguno, por mas deducciones que puedas tener, NO va a existir saldo a favor alguno que puedas reclamar al SAT.
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P.D. Saludos maestro Lagunero S.O.S. mis respetos saludos.
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TIGREDEALICA escribió: Resulta que me acabo de dar de alta en hacienda el año pasado como profesionista independiente siempre estaba como asalariado, pero en los ultimos años 2013, 2014 no tuve ninguna relación laboral andaba sin seguro y sin ser dado de alta en hacienda YO PAGABA EL INFONAVIT COMO PODIA y tengo por recuperar los siguientes ejercicios en cuanto a intereses por creditos hipotecarios:
1.- 2015 $ 18,000
2.- 2014 17,000
3.- 2013 0
4.- 2012 30,000
Pregunta ¿ puedo meter las declaracions anuales de los ejercicios anteriores a 2015 aun cuando no estaba dado de alta en hacienda? lo que me interesa es recuperar mis intereses hipotecarios.
Reciban un cordial saludo
Es improcedente estimado.
- Si No hay Base de ISR....¿ Contra que aplicaras las deducciones personales y de que ejercicio?
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