- Mensajes: 83
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
dar alta patron como trabajador
- borda72
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
tengo si puede dar alta a patron imss como si fuera
trabajador que necesita para entre al empresa trabajar
con trabajador
saludos coordiales
victor mendez
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto FC
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Tula de Allende, Hidalgo
Como se vé, la única limitante para TRABAJAR es que el TRABAJO/actividad/etc sea lícito.
Por ende, si una persona es patrón, válidamente puede ser trabajador.
Esto, ya que el carácter de patrón, lo tendrá frente a sus trabajadores, es decir será patrón de aquellas personas que le presten un trabajo personal subordinado.
Del mismo modo será trabajador, respecto a su patrón, es decir de aquel que utiliza y/o se beneficia de su trabajo personal subordinado.
Si el patrón es persona moral, y la pf fisica en cuestion es socio de dicha PM, igual dicha PF puede ser trbajador de la PM, dado que ambas son personas INDEPENDIENTES/DISTINTAS.
Si el patrón es PF, entonces, dicha PF no puede a su vez ser trabajador de si mismo, dado que el caracter de patron y trabajador NO pueden recaer en una MISMA persona, sino que nesesariamente el carácter de PATRÓN debe recaer en OTRA persona que NO sea el mismo trabajador, viceversa.
En conclusión: Si una PERSONA es patrón, nada le impide, que igual pueda ser trabajador, conforme a lo comentado.
La única limitante es que el TRABAJO desarrollado sea una actividad licita, si ello se cumple, no hay impedimento legal.
Sígueme aquí
\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- pepesoto
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mi cel: 614-137-69-87
El Lic.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- editor20
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 1415
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto FC
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Tula de Allende, Hidalgo
Si el patrón es persona moral, y la pf fisica en cuestion es socio de dicha PM, igual dicha PF puede ser trbajador de la PM, dado que ambas son personas INDEPENDIENTES/DISTINTAS.
Si el patrón es PF, entonces, dicha PF no puede a su vez ser trabajador de si mismo, dado que el caracter de patron y trabajador NO pueden recaer en una MISMA persona, sino que nesesariamente el carácter de PATRÓN debe recaer en OTRA persona que NO sea el mismo trabajador, viceversa.
Trabajador: DEBE se persona física.
Patrón: PUEDE ser persóna fisica o moral.
La calidad de trabajador y patrón no puede recaer en una misma persona a la vez.
Lo anterior con base en el 8 de la LFT, en donde se dispone:
"Trabajador es la persona fisica que presta a OTRA (persona), fisica o moral..."
Sígueme aquí
\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Contadoranonimo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 507
- Gracias recibidas: 0
Esa facilidad no había sido eliminada y continuaba vigente hasta hace unos 3 años que la utilicé con un patrón persona física
Lo que tienes que hacer es acercarte a la oficina administrativa del IMSS y solicitar los formatos para registro de un patrón persona física como empleado, y ahí te dirán si los tienen o no, pues no es común que los tengan en existencia, ya que son muy poco solicitados y diferentes a los de uso común. Tiene que cotizar en un salario mas alto que el del trabajador de mayores ingresos de su propia empresa.
Tiene todos los servicios igual que sus trabajadores o los de cualquier otro patrón, y, desde luego, si hay aumentos de sueldos a sus empleados, también deberá conservar más elevado su salario que el de cualquier otro empleado.
Saludos a todos y espero te sirva lo dicho.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.