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Registro de entradas y salidas
- SOLECITO933
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12 años 7 meses antes #92913
por SOLECITO933
Registro de entradas y salidas Publicado por SOLECITO933
Me pueden orientar la normatividad de los registros de entradas y salidas del personal de la empresa..
En el 2011 el SAT nos realizó una auditoria y nos exigió el listado de personal con firmas.. entonces no entiendo la huella digital.
Tenemos registro de huella digital, ya no es necesario la firma del trabajador?? o que debo hacer ?
Espero que me ayuden con sus comentarios.
En el 2011 el SAT nos realizó una auditoria y nos exigió el listado de personal con firmas.. entonces no entiendo la huella digital.
Tenemos registro de huella digital, ya no es necesario la firma del trabajador?? o que debo hacer ?
Espero que me ayuden con sus comentarios.
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- neto_2025
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12 años 7 meses antes #93031
por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema Registro de entradas y salidas
¿ seguro que fué del SAT ?
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12 años 7 meses antes #93032
por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema Registro de entradas y salidas
¿Qué motivó la auditoría?
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12 años 7 meses antes #93033
por SOLECITO933
Respuesta de SOLECITO933 sobre el tema Registro de entradas y salidas
Si fue el SAT y el listado de personal lo solicitó como prueba de que si existen los trabajadores en la nomina que mostramos.. entre tantos documentos que solicitaron.. obvio no fue lo mas pesado que solicitaron..
Pero mi duda es... si utilizo huella digital para el control de entradas y salidas, ya no es necesario el listado de personal con sus firmas... Entiendo que debo tenerlas guardadas para futuras revisiones de la autoridad correspondiente.
Saludos
Solecito
Pero mi duda es... si utilizo huella digital para el control de entradas y salidas, ya no es necesario el listado de personal con sus firmas... Entiendo que debo tenerlas guardadas para futuras revisiones de la autoridad correspondiente.
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Solecito
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- neto_2025
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12 años 7 meses antes #93034
por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema Registro de entradas y salidas
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Artículo 804.- El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan:
I. Contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato Ley aplicable; II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de pagos de salarios;
III. Controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo;
IV. Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social; y
V. Los demás que señalen las leyes.
Los documentos señalados en la fracción I deberán conservarse mientras dure la relación laboral y hasta un año después; los señalados en las fracciones II, III y IV, durante el último año y un año después de que se extinga la relación laboral; y los mencionados en la fracción V, conforme lo señalen las Leyes que los rijan.
Por tanto
1. Si puedes usar el control de asistencia por medio de huella digital.
2. Con los recibos de nómina firmado por el trabajador puedes atender la auditoría.
Saludos
Artículo 804.- El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan:
I. Contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato Ley aplicable; II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de pagos de salarios;
III. Controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo;
IV. Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social; y
V. Los demás que señalen las leyes.
Los documentos señalados en la fracción I deberán conservarse mientras dure la relación laboral y hasta un año después; los señalados en las fracciones II, III y IV, durante el último año y un año después de que se extinga la relación laboral; y los mencionados en la fracción V, conforme lo señalen las Leyes que los rijan.
Por tanto
1. Si puedes usar el control de asistencia por medio de huella digital.
2. Con los recibos de nómina firmado por el trabajador puedes atender la auditoría.
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12 años 7 meses antes #93035
por SOLECITO933
Respuesta de SOLECITO933 sobre el tema Registro de entradas y salidas
La revisión lo originó debido a que tenemos taza cero y la empresa solicita devolucion de IVA... y nos revisaron para corroborar si realmente llevamos los controles. de la documentación necesaria.
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