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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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PTU A DIRECTORES, ADMINISTRADORES O GERENTES
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Y en su Fracc. II. Los demas trabajadores de confianza participaran en las utilidades, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de nas alto salario dentro de la empresa o al trabajador de planta con la misma caracteristica, se considerara este salario aumentado en un 20% como salario maximo.
espero alguien tenga algun caso parecido y pueda darme una opinión saludos y gracias por sus aportaciones..
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Por lo tanto NO se le dan utilidades ni entraria su sueldo dentro del computo de este.
saludos!
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Primero..
MARIOAL escribió:
Buenos dias, para el reparto de utilidades, en el caso de que uno de los accionistas este dado de alta en nominas o perciba un sueldo como los demas empleados,
Si sabe la diferencia entre accionista y trabajador verdadero???
Le pido que analice el numeral
Artículo 8o.- Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Primero existe subordinación del director general o peor aun del socio mayoritario??? si es asi quien es el jefe de esta persona?? para que sea un trabajador segun LFT??
Despues
MARIOAL escribió:
este se tomara en cuenta para el reparto de ptu, ya que su sueldo es mucho mayor que el de los demas empleados, cabe mencionar que es el representante legal de la empresa y accionista mayoritario, y puesto de director gral,
Espero que nunca le haga alguna revision la STPS o el IMSS, por que lo que usted tiene falsamente como trabajador es un administrador unico, y vea los diferentes topicos en el foro de seguridad social que nos hablan de ello y de su infracciones por tenerlo como trabajador
MARIOAL escribió:
segun el articulo 127 de la ley federal del trabajo, en su fraccion I Señala que Los directores, administradores y gerentes grales. no participaran en las utilidades.
Y en su Fracc. II. Los demas trabajadores de confianza participaran en las utilidades,
Pregunta a poco el administrador unico esta en nominas?? si es asi espero que la empresa se haya encomendando a toda la corte celestial por que como comente las autoridades no se den cuenta de la infraccion que estan cometiendo y para efectos de la PTU, ya vimos que es un trabajador, ahora le pregunto con mi primer comentario este pseudopatron es un trabajador de el mismo???
saludos
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Ya mis estimados Carlos y mi compadre Gabo le dieron respuesta correcta, lo único que le puedo comentar es ¿ como aplicaría en su caso, el numeral 142 RISR al accionista si no es trabajador?
saludos
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- MARIOAL
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Y trabajador como usted menciona en base al art. 8 es la persona que presta a otra fisica o MORAL, un trabajado personal subordinado.
Puede que no exista subordinación alguna de manera directa, pero que suecede cuando el accionista mayoritario, hace trabajos de entrega de mercancias, revision de precios, analisis de proyectos, revisión de inventarios,entre otras actividades mas, que otra figura juridica o de hecho podria tomar en este caso esta persona, y en cuanto alguna revisión por parte de la STPS o del IMSS, no creo que pueda existir problema alguno, ya que el imss en este caso, dentro de sus normas internas o estatutos, no impide que algun socio o accionista pueda estar cotizando para este instituto, ya que para ellos lo que les interesa es que todas las personas que laboran en una empresa esten asegurados como lo marca la ley de la materia, y en cuanto alguna revisión por parte de la STPS, pues no se si exista algun problema en que un accionista o director general de alguna empresa realize alguna de las actividades anteriormente descritas.
La ley federal del tabajo en su art. 127 no hace diferencioa en si estan o no en nominas los directores gerentes generales o administradores, solo hace la acalaración de que estso no tendran participación alguna dentrpo de las utilidades.
y la fracc. II. solo hace mensión a que si los trabajadores de confianza tienen un salario mas alto al mayor que perciba un trabajador sindicalizado o a fakta de este trabajador de planta, se considerara ste salario aumentado en un 20%, como salario maximo.
Y como consecuencia, no se podria aplicar el art. 142 del reglamento del isr, y no por que puede existir la presunción de que no es trabajador, si no por lo que menciona el art. en mención de la ley federal del trabajo,.
Y si mi pregunta Era se peuede o no considerara esta persona como participe de las utilidades de la empresa, me dejaron aclarada la duda..
Y Como dicen La Ley Deja Mucho Espacio a La Interpretación..Pero muy poco Para la Duda...
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