Buenas tardes compañeros tengo una duda respecto a las deducciones de IETU, es la siguiente:
Una empresa que tiene inversiones en accciones en una casa de bolsa en el mes de enero obtuvo perdida por 12,000.00 esa perdida es deducible para IETU?
En los términos del artículo 5 de la LIETU, no sería deducible la pérdida en cuestión, dado a que no corresponde a una erogación de una adquisición de bienes, o un servicio profesional independiente o al pago por obtener el uso o goce temporal de bienes.