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Lo que esta exento es el acto por si mismo, no tanto el IVA, o mas facil, si construyes y vendes casas habitacion, tus ventas son exentas de IVA, luego entonces te quedas sin derecho a devolucion de IVA, asi las cosas el IVA pasa a formar parte de tus costos, por lo que debes contabilizarlo como tal dentro de la cuentas de resultados, se estila incluirlo como subscuenta de gastos.
Sugiero ver 32-XV de LISR para persona moral o el 173-VIII de LISR para fisicas.
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COMO SABEMOS EL IVA DE CASA HABITACION ESTA EXENTO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA LIVA Y EL Y 29 DEL RIVA PREGUNTA ¿COMO REGISTRO EL IVA PAGADO A LOS PROVEEDORES DE MATERIAL Y GASTOS DE LA EMPRESA CABE ACLARAR QUE ES UNA EMPRESA QUE SE DEDICA A LA CONSTRUCCION Y VENTA DE CONDOMINIOS
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