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    otra de calderon, ¿disminucion de isr e ietu?,

    04 Mar 2008 18:22 #23941 por velociraptor
    como siempre, pura publicidad, yo entendía que va a disminuir en un 3% lo que te de a impuestos a pagar de febrero-junio, pero leyendo eldecreto me encuentro con la palabra "diferimiento", que significa "no me pagas ahorita, pero si en la anual" mucha diferencia, no??

    igual el credito a las PF por 1000 para la decl. anual 2007,
    con las tablas que se tienen, ¿es posible que me da impuesto a cargo?, a ni nunca me ha dado, al menos que aplique mal las tablas, el beneficio es a los contribuyentes que aplicaron mal sus tablas


    o uds que opinan?

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    05 Mar 2008 01:43 #23976 por BR1
    velociraptor escribió:

    como siempre, pura publicidad, yo entendía que va a disminuir en un 3% lo que te de a impuestos a pagar de febrero-junio, pero leyendo eldecreto me encuentro con la palabra "diferimiento", que significa "no me pagas ahorita, pero si en la anual" mucha diferencia, no??

    igual el credito a las PF por 1000 para la decl. anual 2007,
    con las tablas que se tienen, ¿es posible que me da impuesto a cargo?, a ni nunca me ha dado, al menos que aplique mal las tablas, el beneficio es a los contribuyentes que aplicaron mal sus tablas


    o uds que opinan?


    Llamemosle "FINANCIAMIENTO", para algunos una baba y para otros bastante interesante....

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    05 Mar 2008 18:22 - 05 Mar 2008 18:28 #24005 por ernye
    De cualquier forma el 3% de 850 son 25 pesototes (como eljemplo) "que gran ayuda" con eso de que la tasa del IETU esta muy baja y casi a nadie le da a pagar; pues con un estimulo de 300 pesos para la anual del 2008 y ya con eso la hacemos(SARCASMO), por los mil pesos pues ya deperdida al menos a los que acumulan ingresos les vendran muy bien; como ejem. los doctores que tiene su consultorio y a parte trabajan para el imss o el issste.

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    19 Mar 2008 18:30 #24642 por FENIX
    Según interpreto yo lo que señala el decreto, sobre los 850 pesos el diferimiento es de $155.00 no de 25.
    Porque señala diferir 3 puntos de la tasa no 3 porciento del pago.
    suponiendo que 850 = 16.5 entonces el 3 sería 155.00.

    Saludos a todos y felices pascuas.

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    19 Mar 2008 18:45 #24646 por Conde Contar
    Estimado FENIX no es correcta tu interpretación. De conformidad con el decreto del 4 de marzo debes obtener "normalito" tu ISR y IETU a pagar. De ésa cantidad a pagar (supongamos que son los $850) podrás diferir el 3%. Es decir difieres $25.5, pagas $824.5
    No difieres 3 puntos porcentuales de la tasa, te anexo el artículo Primero del Decreto:
    Artículo Primero. Los contribuyentes por los ingresos que se encuentren gravados en los términos del Título II o Título IV, Capítulo II, Secciones I o II, o del Capítulo III de este último Título, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán diferir el 3% del monto a enterar de cada uno de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta y del impuesto empresarial a tasa única...

    Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas. A. Einstein.

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