LA DUDA ES RESPECTO A UNA S.A., RESULTA QUE LA S.A. CONTRATA A MEDICOS PARA QUE REALIZEN CONSULTAS MEDICAS A SU VEZ LA S.A. PAGA POR LOS SERVICIOS DE LOS MEDICOS POR ESTE TRABAJO, PERO LA DUDA SURGE SI LA S.A. COBRA POR ESTOS HONORARIOS MEDICOS, ESTARIAN GRAVADOS DE I.V.A. O SEGUIRIAN EXCENTOS, ESPERO ME HAYA EXPLICADO BIEN,
Los servicios profesionales de medicina, prestados por una S. A., estarían gravados a la tasa general del 15%. Los que no están gravados son los prestados por personas físicas, ya sea indivualmente o por conducto de sociedades civiles. (Fundamento legal: fracción XIV, artículo 15 de la LIVA).