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    ANTICIPO A PROVEEDORES EN IETU

    15 Mar 2008 00:00 #24545 por LOURDESVEGA
    :blush: Buen dia mis estimados foristas espero y me puedan ayudar al respecto ya que estoy un poco confundida ya que he consultado en varias revistas y algunas dicen que si considere los cnticipo a proveedores como deduccion para IETU y algunas me dicen que no osea que ya me confundi, por eso recurro a ustedes, ejemplo:

    1.- Si tengo un anticipo a una compra pero aun no me entregan la mercancia de todas maneras lo tmo como deduccion.

    2.- Al igual si compre un activo fijo o mas bien di un anticipo para la compra de un activo fijo (herramientas) aun no me entregan la mercancia pero ya realice varios pagos como anticipo lo puedo deducir en IETU, tengo entendido que es otro tratamiento diferente cuando son activos fijos adquiridos durante el 2008, espero y me puedan apoyar y mil gracias....

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    15 Mar 2008 00:44 #24546 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: ANTICIPO A PROVEEDORES EN IETU
    veamos..


    Si el anticipo se derivo producto de las causales del art 5 fraccion I del IETU es deducible, es decir, a la adquisicion de bienes, prestacion de servicios independientes, o uso o goce temporal de bienes que hace alusion dicho articulo.


    eso es por un lado....


    y por el lado del sat...que cosas..dice lo siguiente...

    Anticipos a proveedores

    3. ¿Los anticipos a proveedores son deducibles?

    Sí, las cantidades efectivamente pagadas son deducibles, entre ellas se encuentran los anticipos, siempre que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el IETU.

    Fundamento legal: Artículo 5, fracción I de la LIETU



    saludos

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    19 Mar 2008 16:13 #24619 por Smarin
    Respuesta de Smarin sobre el tema Re: ANTICIPO A PROVEEDORES EN IETU
    El problema práctico Lulú desaforunadamente, es que no tienes en la mayoría de los casos el comprobante que soporte estos anticipos y por esta "forma" no la podrías hacer deducible aunque legalamente lo sea.
    En la práctica comercial es bastante dificil que un contribuyente te de un comprobante por los anticipos efectuados. Hay un enorme abismo entre las prácticas comerciales y nuestra legislación

    Lo discutímos alguna vez en un curso de IETU y esa es la conclusión, solamente lo puedes deducir si tienes el comprobante correspondiente.

    Saludos

    Mira como amigo sincero al hombre sincero que te advierte tus errores y no al que aprueba todo cuanto hagas o digas.

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    19 Mar 2008 17:11 #24631 por Conde Contar
    Existe la opción de utilizar el estado de cuenta como comprobante, si realizaste el anticipo con cheque, checa las reglas 2.4.14 y 2.4.30 es una opción interesante.

    Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas. A. Einstein.

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