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    Acreditanmiento del subsidio para el empleo

    20 Mar 2008 21:03 #24684 por cpangelgg
    Tengo una duda y espero me puedan comentar una solución. Si en el cálculo del isr de salarios ninguno de los trabajadores resulta con isr retenido porque el subsidio para el empleo es mayor, ¿Se debe presentar la declaración informativa en ceros por el ISR retenido por salarios, indicando que del cálculo no se genera retención? o ¿Se debe presentar la declaración por banco indicando el ISR a pagar de los trabajadores y disminuyendo de ese mismo ISR el subsidio al empleo que le corresponda para dejarlo en cero y el sobrante ocuparlo en otras retenciones o el isr a cargo de la empresa?
    Gracias y espero apoyo de ustedes amigos del foro.

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    20 Mar 2008 21:15 #24685 por LOBOZAC
    CUALES SERIAN LOS FUNDAMENTOS A TU SUPUESTO.....UNO U OTRO ?...PODRIAS ANOTARLOS PARA ANALIZARLOS ?


    SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES

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    20 Mar 2008 21:47 - 20 Mar 2008 21:51 #24688 por cpangelgg
    Para la presentación en ceros, se supone que el SPE (Subsidio para el empleo)tiene un tratamiento similar al antiguo crédito al salario. Es decir, si al aplicar tarifas resulta una cantidad negativa (A favor) en la nómina se coloca en ISR retenido por salarios 0.00 y en crédito al salario el importe que salió negativo. Si hacemos lo mismo para este año 2008 con el SPE la nómina se haría igual, ISR retenido 0.00 subsidio para el empleo la cantidad a favor que resulta del cálculo. Y como no hay isr retenido se presenta la declaración informativa en ceros a través de la página del SAT, mencionando que en el cálculo no se genera retención.

    Para la presentación en banco, se supone que se aplica a los sueldos la tarifa de ISR y se obtiene siempre un ISR a retener, el cual se coloca en la nómina. Pero al aplicar la tarifa del SPE se genera una percepción más: La del subsidio para el empleo, que en el caso particular que expongo, es mayor al impuesto, de acuerdo al ejemplo siguiente semanal:
    *****Percepciones********************Deducciones**************Neto a Recibir
    Sueldo**Subsidio Empleo**Total********ISR******IMSS*****Total
    490.00****93.66*********583.66********26.22****12.71****38.93******544.73

    Por lo que vemos en el ejemplo, existe un ISR retenido por 27.00, el cual a través de la página del banco se debe enterar, aunque se puede acreditar el subsidio para el empleo por 27.00, quedando un pago en ceros, y un sobrante de SPE por 67.00 (94.00-27.00) que puedo acreditar contra otras rentenciones de ISR o el ISR a cargo del contribuyente.

    Espero que los fundamentos hayan quedado claros y me puedas decir que opinas al respecto. Gracias.

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    21 Mar 2008 03:38 #24697 por congresista
    saludos, cuando no resulte impuesto que retener, no habrá impuesto sobre este mismo concepto que declarar precisamente en el banco, en ventanilla o por via iternet. sin embargo esta informacion de un saldo negativo en la determinacion de ISR para los asalariado es precisamente porque el SPE(SUBSIDIO PARA EL EMPLEO) es mayor al monto de impueto determinado al trabajador, por lo que en lugar de retenerle se le entrega un importe igual al saldo negativo como bien lo mencionas que es el SPE, al mismo tiempo hay que mandar una declaracion informativa por este concepto de ISR Retenciones por salariosal SAT. ya no se debe de hacer otra declaracion por el banco.

    fundamento legal: art. 113 primer Parrafo:Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. ...

    conclusion: solo se refleja en papales de trabajo la mecanica del calculo del impuesto del trabajador.
    no se debe presentar en el banco ninguna otra declaracion.
    presentar solo la informativa ante el SAT.

    atte.

    el congresista

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    22 Mar 2008 17:54 #24715 por cpangelgg
    Gracias congresista, entonces mi nómina ¿Esta mal elaborada? ¿Deben aparecer los conceptos de ISR y el de Subsidio para el empleo (SPE) juntos? ¿O solo debe aparecer uno de ellos, es decir, o le retengo al trabajador isr y en el SPE le pongo 0.00, o le doy SPE y en retención ISR le pongo 0.00? Gracias por su apoyo.

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    23 Mar 2008 02:51 #24722 por CPHugoocejo
    cpangelgg escribió:

    Gracias congresista, entonces mi nómina ¿Esta mal elaborada? ¿Deben aparecer los conceptos de ISR y el de Subsidio para el empleo (SPE) juntos? ¿O solo debe aparecer uno de ellos, es decir, o le retengo al trabajador isr y en el SPE le pongo 0.00, o le doy SPE y en retención ISR le pongo 0.00? Gracias por su apoyo.


    cpangelgg


    Definitivamente debes tener ambos conceptos en tu nomina, tanto el ISR, como el concepto subsidio al empleo, puesto habra trabadores que dependiendo de su sueldo etc etc, les salga a retener ISR, y otros que no, por lo cual les saldra subsidio empleo....por otro lado, no es que pongas un cero, sino esos calculos deben ir con formulas, derivado de la aplicacion de la ley , ( ver art 113 LISR ), y articulo octavo de la referente a el subsidio al empleo.

    saludos

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