Buen día espero me puedan orientar con esta duda que me surge.
Un contribuyente Régimen Intermedio hasta este año, para el próximo emigra al Empresariales y Profesionales, se dedica a la venta de refacciones para motocicletas y a partir del mes de diciembre le dieron una concesión para vender Motos.
Ahora estamos tratando de prevenir todos los eventos que pudieran ocurrir con la venta de las Motos, y me surge la duda de que cuando la venta se haga a crédito, hago la factura y señalo que va ser en parcialidades.
Mi duda es en cuestión al comprobante, también se requiere aprobación de folios de CBB para dichos comprobantes ???
"... me surge la duda de que cuando la venta se haga a crédito, hago la factura y señalo que va ser en parcialidades....".........EL CREDITO, COMO LO ENTIENDES ?...COMO ABONOS ?...CREDITO A 30 DIAS ?... A 60 DIAS ? ...90 ?...A 30 Y PAGADERO EN UNA SOLA EXHIBICION ? ...A 60 IDEM ?
Mi duda es en cuestión al comprobante, también se requiere aprobación de folios de CBB para dichos comprobantes ???.. DE LO QUE HAS LEIDO AL RESPECTO EN LA PAGINA DEL SAT, EN LOS FOROS, PREGUNTADO AQUI Y ALLA...CONSIDERAS QUE SE REQUIERAN ?, ... EL CBB ES UN MECANISMO DE CONTROL DEL SAT ?...O SOLO SE CREA A LIBRE ALBEDRIO DEL CONTRIBUYENTE ?