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    Cuotas Pagadas al IMSS en Enero 2013 de Dic-2012

    03 Dic 2012 11:10 #85862 por OSVALDO
    Hola Buen día.

    Así es Místico, Gracias Por tus comentarios.

    Y sin duda En mi opinión Muy preparado el Expositor que Es C.P. Francisco Cárdenas Guerrero, de una capacitadora muy reconocida en México D.F. y Edo de México.

    y A todos Ustedes Gracias por su Opinión que cada quien considerara conveniente que hacer al Respecto.

    y como bien dice LOBOZAC Nunca alguien tendrá la Verdad Absoluta.

    Excelente Semana.

    No es más inteligente el que más sabe, sino aquel que quiere saber más.

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    03 Dic 2012 15:13 #85867 por MISTICO

    OSVALDO escribió: Hola Buen día.

    Así es Místico, Gracias Por tus comentarios.

    Y sin duda En mi opinión Muy preparado el Expositor que Es C.P. Francisco Cárdenas Guerrero, de una capacitadora muy reconocida en México D.F. y Edo de México.

    y A todos Ustedes Gracias por su Opinión que cada quien considerara conveniente que hacer al Respecto.

    y como bien dice LOBOZAC Nunca alguien tendrá la Verdad Absoluta.

    Excelente Semana.



    Gracias Contador:

    Recuerdo que desde hace mas de 25 años mi padre nos dijo a mi carnalito y a mi NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA mas tarde en la UNAM cuando estudiaba la licenciatura en Derecho aprendí en los mandamientos del abogado TOLERA. (6to)-Tolera la verdad ajena en la misma medida que quieres sea tolerada la tuya.

    Los foros son un espacio para seguir vigentes con nuestras propias experiencias hoy por hoy ya no entro en discusiones inútiles.

    Saludos y a tus ordenes

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    29 Ene 2013 23:06 #86862 por romo3
    Despues de haber leido todas las opiniones expresadas sobre este tema, yo en lo particular lo pondre como deducible en 2012, ya que si bien es cierto que el art. 29 fracc VIII dice: las cuotas PAGADAS ..... tambien lo es que no dice efectivamente pagado en el ejercicio y en mi opinion cuando el SAT establece como requisito que este pagado le agrega "efectivamente" e inclusive hace el señalamiento de cuando se entiende como efectivamente pagado, por esta cuestion lo metere deducible para ISR mas no lo tomare en cuenta para el credito en IETU puesto que ahi si señala que debera estar "efectivamente pagado", ademas creo que el Art. 31 penultimo parrafo de la LISR me dara algunos argumentos para defenderme en las auditoria

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