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LOBOZAC escribió: Artículo 101. ...
Previo consentimiento del trabajador , el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón.
COMENZAMOS .........
COMPAÑEROS A ADECUAR LOS CONTROLES DOCUMENTALES PARA OBTENER EL CONSENTIMIENTO VOLUNTARIO, SI ES QUE DESEAMOS UTILIZAR ESTE TIPO DE PAGO
EN ESTRICTO ESTABLECER EL CONTROL DOCUMENTAL A PARTIR MAÑANA CON LOS NUEVOS TRABAJADORES
RECORDEMOS QUE A NINGUNA LEY SE LE DEBE DAR EFECTO RETROACTIVO
SALUDOS
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CPHugoocejo escribió: Definitivo.
Hay mucha tela de donde cortar en el decreto de Reforma Laboral.
- Hay conceptos no descritos expresamente, donde no se señala en que consisten.
- En mujeres embarazadas hay algo interesante
- y muchos requisitos que se deben cumplir
Por lo tanto hay que hacer comparativas LFT, CPEUM, bosquejos etc
saludos
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