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    AYUDA, PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO TRANSPORT

    26 Dic 2012 17:04 #86185 por kurly
    LINDA TARDE A TODOS:

    QUIERO SOLICITAR AYUDA ACERCA DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE UNA PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO QUE SE DEDICARA AL TRANSPORTE, ES DECIR PRESTARA EL SERVICIO DE TRASLADO DE CAJAS DE UN LUGAR A OTRO A UNA PERSONA MORAL, MI DUDAS EN CONCRETO SON:
    1. PUEDE HACER UNA FACTURA NORMAL POR CONCEPTO DE SERVICIO DE TRANSPORTE O FLETE? O REQUIERE HACER ALGUNA RETENCION DE IMPUESTOS?
    2. TIENE LAS MISMA OBLIGACIONES DE LA PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO O SE ADICIONAN ALGUNAS OTRAS?

    LES AGRADEZCO DE SU APOYO, SOY TOTAKMENET NOVATA EN EL TRANSPORTE Y ME CONFUNDE UN POCO EL REGIMEN SIMPLIFICADO DE TRANSPORTISTAS (P.M.)
    GRACIAS

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    26 Dic 2012 19:19 #86188 por sosgtorreon
    Vamos a partir de decir que lo "normal" para este tipo de contribuyentes es lo que se conoce en el medio como "carta porte", conviene conocer el tipo de comprobante que va a emitir, CFDI o CBB, el contribuyente no va a realizar retenciones, es a el a quien le van a retener una parte del IVA que traslade, el 4 por ciento y solo sobre el flete cobrado. Sus obligaciones son las mismas, si de obligaciones fiscales se habla, lo de los comprobantes una vez que definas de cuales van a ser, se te pueden realizar comentarios adicionales.

    Saludos.



    sos al sos .

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    27 Dic 2012 11:32 #86189 por bower
    EL REGIMEN DEL SECTOR TRANSPORTE ES MUY INTERESANTE Y TIENES VASTANTES FACILIDADES QUE OTORGA EL SAT Y PUEDES ACREDITAR CONTRA EL IMPUESTO EL IEPS PAGADO POR EL CONSUMO DE COMBUSTIBLE , ESTO PARA ISR, Y TE PUEDES ACREDITAR EL 50% DEL IAVE CONTRA EL PAGO PROVISIONAL DE ISR CUALQUIER DUDA ME PUEDES CONTACTAR A Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y con gusto te apoyo en cualquier duda yo manejo mucho este regimen saludos

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    02 Ene 2013 15:58 #86229 por kurly
    hola:

    Muchas gracias!!

    Va a faturar con CBB.

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    03 Ene 2013 19:23 #86242 por KIKE_CORONA
    Si elabora factura o carta porte no es problema, recuerda que la obligacion de retener el IVA es del que paga, caso contrario aun asi tendria que pagar la misma. En cuanto a obligaciones tiene las mismas, en cuanto a facilidades existe un capitulo especial en las "Facilidades Administrativas 2013" dedicado a dicho sector.

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