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    deduccion de alimentos

    16 Ene 2013 13:14 #86509 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: deduccion de alimentos
    Esperemos Vicentino..........Esperemos a leer LOS ARGUMENTOS Y FUNDAMENTOS SOLIDOS DEL INICIADOR DEL TOPICO

    Saludos

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    16 Ene 2013 14:27 - 16 Ene 2013 14:32 #86511 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: deduccion de alimentos
    MAS FUNDAMENTOS.......

    CFF

    Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto , objeto, base, tasa o tarifa.(REFORMADO, D.O.F. 31 DE DICIEMBRE DE 1982)

    Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.


    AUTOR DEL TOPICO, PODRIAS DECIRNOS DONDE DICE ESTRICTAMENTE QUE REFERENTE AL SUJETO (PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL), ÉSTE PUEDA DEDUCIR LOS ALIMENTOS QUE EL " SE COME" Y QUE COMPRA EN SUPERMERCADOS ?.............ESTRICTAMENTE ME PUEDES DECIR DONDE ESTA FUNDADO ?........POR TU ORACION INICIAL SE INFIERE EN BASE A TUS PREMISAS... QUE AFIRMAS CONCLUYENDO QUE SI SON DEDUCIBLES..........DONDE FUNDAMENTAS ??????...

    TE VUELVO A REPETIR, CON LOS FUNDAMENTOS QUE TE OTORGO Y NO QUIERES VER........ASI COMO ESTA PLANTEADA TU DUDA...........NO SON DEDUCIBLES

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    16 Ene 2013 18:01 #86519 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Re: deduccion de alimentos
    LA MISTICA

    En los diferentes ordenamientos fiscales se enuncian en forma genérica TODAS LAS DEDUCCIONES Y LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR, así como señalar en forma específica SOLO las MAS REVELANTES no faltaría tiempo para más EXPLICACIONES.

    Por gastos normales y propios del contribuyente debe de entenderse los que están DIRECTAMENTE RELACIONADOS con los fines u objeto social de la empresa o actividad preponderante del contribuyente, por lo tanto para que sea considerada como deducible cualquier partida, se requiere que la erogación sea de carácter objetivo y apropiado a la actividad mercantil o comercial que realice el contribuyente, es decir aquellas sin las cuales se entorpecería su normal funcionamiento para la obtención del ingreso. Los alimentos en comento son gastos que se realizan de manera personal y que no se considera deducción FISCAL personal o necesaria (AUTORIZADA) para la generación del ingreso objeto de acumulación para efectos de impuesto. POR ESO NO EXISTE FUNDAMENTO ESPECIFICO QUE DIGA QUE ES NO DEDUCIBLE

    LA DE A CABALLO (De los apuntes de mi viejo)

    Sin lugar a duda LA NO DEDUCIBILIDAD DE ESTOS RESULTA CUESTIONABLE, en la práctica erogaciones que no SON ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES pero que atendiendo a sus significativos importes, el contribuyente realiza la deducción a sabiendas que puede correr el riesgo de rechazo ante una eventual revisión de la autoridad, SUPONGO QUE ES SU CASO y esto PODRIA OCASIONARLE en el futuro gastos mayores, por lo que RESULTA RECOMENDABLE evaluar antes de efectuar dichas deducciones.

    De mi parte YO NO LE EXIGO NADA mi opinión la tiene usted en sus manos, pero recuerde que antes y después de esto USTED PUEDE HACER LO QUE SE LE DE SU CHINGADA GANA porque para eso para que vea SI NOY FUNDAMENTO QUE SE LO PROHIBA. No solo resulta necesario leer los numerales legales para entender lo que quiere decir la autoridad sino que además se debe recurrir a la EXPOSICION DE MOTIVOS muchas veces para entender lo que dijo o quiso decir el legislador así que vea por ahí los de 1974, y luego platicamos.

    Así que mejoremos a lo que deja que es el trabajo, gracias por hacerme reír un rato con su tema.

    SALUDOS

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    17 Ene 2013 12:11 #86528 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: deduccion de alimentos
    Mistico, toda vez que a mi ver el iniciador del mensaje debe tener claro si puede o no, si quiere o no, hacer deducible el tipo de gasto planteado. Me tomo la libertad de aprovechar este mensaje para enviarte un saludo y mis mejores deseos por siempre, suplicando hagas extensivo todo a tu familia toda, ya que todos ustedes son admirados y respetados por este su humilde servidor.

    Saludos.



    sos al sos .

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    17 Ene 2013 17:12 #86536 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Re: deduccion de alimentos

    sosgtorreon escribió: Mistico, toda vez que a mi ver el iniciador del mensaje debe tener claro si puede o no, si quiere o no, hacer deducible el tipo de gasto planteado. Me tomo la libertad de aprovechar este mensaje para enviarte un saludo y mis mejores deseos por siempre, suplicando hagas extensivo todo a tu familia toda, ya que todos ustedes son admirados y respetados por este su humilde servidor.



    MAESTRO LAGUNERO

    Mi estimado , querido y respetado SEÑOR.

    Gracias por sus palabras, y en nombre de mi familia y mío personal reciba usted mi admiración y respeto por usted y su familia también.

    Que JESUS le guie siempre en su camino gracias por mostrarme el verdadero significado de la humildad a pesar de su grandeza.

    Un abrazo como dice mi padre de varón a varón

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