Radio Aportaciones:  
--:--  | : 12hs-16hs -
Toggle Bar

    ADQUISICION INMUEBLE EN COPROPIEDAD

    08 Ene 2013 23:45 #86326 por oollggaa11
    Buenas noches

    ¡¡ Feliz Año!!, iniciando el 2013 con molestias, agradesere sus comentarios, una persona fisica del regimen Actividad Empresarial y Profesional va a adquirir una bodega la cual va a utilizar para su actividad, pero piensa en poco tiempo suspender sus actividades y sus hijos se quedaran con el negocio (se daran de alta ante el sat como personas fisicas), puede ser deducible la compra del inmueble quedando registrada en la escritura que el bien es tanto del contribuyente como de otras dos pesonas (sus hijos)?, cabe aclarar que el 100% del pago por la adquisicion del inmueble lo realizara el contribuyente por medio de cheque nominativo y con abono en cuenta, es que se quiere evitar los gastos de escrituracion.
    Espero haberme dado a entender y nuevamente agradezco muchisito su ayuda

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    09 Ene 2013 09:35 #86334 por fiscalista 1
    Considero en lo fiscal el efecto va ser sobre la actividad que tiene actualmente el contribuyente, posteriormente cuando se dé la coopropiedad será otra cosa con sus efectos correspondientes.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    09 Ene 2013 10:02 #86335 por CPHugoocejo
    Oollggaa11

    - Por otra parte, es conveniente observar el monto de ingresos adquirido vs lo que va a erogar por la adquisición de la bodega, y no caer en discrepancia alguna sobre el origen de dicho costo de la susodicha.

    saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    09 Ene 2013 10:57 #86336 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema ¿Y si adelanta el futuro?
    Me parece que debe tener una reunión con el actual contribuyente, le voy a llamar "el patriarca", para identificarle, entablar una charla larga y sostenida en la que definan las necesidades y deseos.

    Uno supone que la adquisición de la bodega por parte de el patriarca es simple de demostrar que se tienen los recursos para su compra, al ser bodega va a generar la operación un IVA acreditable, si paga de contado (como todo hace suponer) lo va a poder acreditar en su actividad (que no la ha comentado por cierto), pero ya que uno supone la inversión es de cierta importancia, puede ello generar un saldo a favor en sus números para efectos de IVA, si suspende actividades, ¿Qué va a pasar con ese saldo a favor?, ¿Esta conciente el patriarca de que va a perderde dinero?, todo esto suponiendo que la compra de la bodega la compra el solo y para el solo.

    Si como plantea la compra con recursos propios, pero a nombre de él y sus hijos, ellos no ponen, el patriarca pone por ellos, entonces el IVA no es en su totalidad del patriarca, por lo que si los hijos en este momento no van a tener derecho a acreditamiento alguno, vuelve a perder dinero, ¿Si querrá eso el patriarca?, el saldo a favor será menor para el patriarca, ya que será menor el IVA acreditable que le corresponda. La bodega legalmente será de los hijos y del patriarca, pero en el futuro que uno de los hijos sea el que lleve a cabo la actividad empresarial, el patriarca y el otro hijo deben en su momento o rentarle o darle en comodato la parte que es de ellos.

    Todo parece indicar que el patriarca se ve de salida en el mundo de los negocios o quizá solo quiere darle entrada a ese mundo a los hijos, por lo que el negocio pretende que mañana quede a nombre de uno de ellos, se vale, puede entonces ser que le interese que el negocio quede a nombre de uno de los hijos y la bodega a nombre del otro. ¿Se lo ha planteado?, asi puede que este protegiendo a ambos. O bien, que se den de alta bajo el esquema de copropiedad los dos hijos, registren la actividad empresarial que actualmente tiene el patriarca, compren ellos dos la bodega igualmente en copropiedad, pero ya sin el patriarca de por medio. El puede proveer los recursos mediante un prestamo o donativo a cada hijo.

    En todo caso, a mi ver si lo realizan como lo tiene planteado puede que pierdan el acreditamiento del IVA, pierden dinero, luego pueden verse con el dilema de como trasladar el inventario que pueda tener y los costos que esto provoca, por ello reitero la sugerencia de conversar largo y tendido con el patriarca, una buena taza de café sirve para mejor pensar.

    Saludos.



    sos al sos .

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    09 Ene 2013 14:16 #86343 por LOBOZAC
    (..."es que se quiere evitar los gastos de escrituracion...")..........CHISPAS, "ME SALTA" ESTA CUESTIÓN, ........ENTONCES EN SU MOMENTO COMO SE ACREDITARIA LA PROPIEDAD LEGITIMA ?

    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    09 Ene 2013 14:21 #86344 por LOBOZAC
    Recuerda que no todo es CONTABLE-FISCAL............tambien existe lo JURIDICO, LO LEGAL

    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.351 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 298 invitados y ningún miembro en línea