Primero lo primero, !Bien Llegado a Casa!
Ahora si, a intentar atender el mensaje que te hizo llegar a esta nuestra casa. Iniciar por decir, con todo el gusto voy a comentar y contestar en caso de necesidad las dudas adicionales que puedan surgir, pero lo ideal y el primordial consejo que en este tipo de planteamientos debe uno realizar es el intentar contactar a un contador de tu localidad para que en una entrevista personal, en un cara a cara si se gusta con un café de por medio, se realice el planteamiento y se reciba el consejo, surjan dudas, preguntas y más... Si nos indicas tu lugar de residencia con gusto veo si hay algún compañero de la página que te pueda recomendar.
No desespere, dicho el consejo, ahora si voy directo a tu mensaje. La LISR (Ley del Impuesto Sobre la Renta) contempla para las personas físicas ingresos por distintos origenes, los divide en Capítulos, de tal suerte por tu actual ocupación (asalariado) tienes ingresos del Capítiulo I, es factible la combinación de los ingresos adicionales que pretendes, ventas y servicios, ambos encuadran en el Capítulo II, Actividad Empresarial y Servicios Profesionales. Con esto quiero decir, que es perfectamente posible y factible lo que pretendes. Es decir, continuar percibiendo ingresos por salarios, por ventas de equipo, accesorios y mantenimiento del equipo y por servicios de capacitación. Al final del ejercicio todo se resume en una sola declaración en la que se lleva a cabo la acumulación de los distintos ingresos y se determina el ISR Anual, igual que el IETU. No resulta complicado para el que lo maneja y no hay gran motivo de preocupación como para reborujarse o mezclar las cosas, reitero, para el que vive de esto y en esto anda.
¿Regimén conveniente?, para definir el régimen fiscal conviene conocer el segmento de mercado que piensas atacar o cubrir, no tanto el nivel de ingresos que estimas obtener, si no el perfil de cliente, es decir, no es lo mismo vender a un consumidor final que a un empresario, ya que uno de ellos se conforma con cualquier tipo de comprobante que le entregues, mientras que el otro te va a demandar un comprobante fiscalmente requisitado para poder efectuar la deducción y acreditamiento del mismo. Por el nivel de ingresos muchos pueden sucumbir a la mercadotecnia fiscal y decir, Régimen Intermedio, pero en realidad son bien pocas las ventajas que llega a tener en relación a lo que se da en llamar Régimen General, inclsuo el Intermedio lleva la desventaja de tener que pagar ISR a dos entes diferentes, pero cada quien su perspectiva.
Igual conviene conocer el nivel de ingresos que por salarios percibes, ya que como asalariado puede que te retengan ISR pero igual puede que te den Subsidio al Empleo, lo que puede representar diversos escenarios en la declaración anual. Dar de alta a un familiar, puede resutlar tentador, en autómatico muchos sugieren a la esposa, lo que no es malo, pero conviene conocer el Régimen Matrimonial bajo el que esten casados, por protección sobre todo de los intereses del dueño real que eres tú. Lo primero a considerar es que el propio contribuyente sea el que de la cara por todos los ingresos que va a percibir. Si se determina que por ciertas situaciones que se proyectan resulta conveniente manejar dos o tres contribuyentes, entonces y solo entonces se debe iniciar la valoración sobre quienes pueden ser ese segundo y tercer contribuyente, esposa, hijos, hermanos, padres, etc.
Sin mucho pensarlo hubo quien puso a la esposa, bienes separados en su matrimonio, problemas maritales al año, divorcio, ádios negocio...
Espero que lo escrito sirva de algo, reitero mi consejo, buscar contactar a un contador en tu localidad, reitero la oferta de recomendar por mensaje privado a algún compañero de esta comunidad que cuenta con presencia en prácticamente todos los rincones de este mi bello país.