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    isr de salarios retenido no pagado en el mes

    08 Feb 2013 16:42 #87003 por lulu2504
    hola buen dia!! espero me puedan auxiliar.

    REvizando los papeles del cierre para la presentacion de la informativa de salarios me percate q no se pago el impuesto de isr de salarios del mes de abril y el de mayo, realmente se presento mal ya q era contra el subsidio al empleo pero se anoto cero en la declaracion.

    mi dudad es, puedo acumular estos 2 pagos no presentados y sumarlos a mi pago de dic q aun no se ha presentado.

    abril 450
    mayo 486

    puedo hacerlo de esta manera y acumular ambas cantidades en dic.!!


    gracias

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    08 Feb 2013 16:59 #87004 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema ¿Debe hacerlo?
    Poder puede, inclsuo es probable que nadie fuera de usted y nosotros nadie se de cuenta... pero la pregunta es, ¿Debe hacerlo?, no presentar las declaraciones como lo disponen las leyes fiscales en vigor es suceptible a ser infraccionado.

    Luego el SAT tiene esos molestos programas de muestreo que emiten mortificaciones por comportamientos atípicos, es decir, no se extrañe si el SAT compara abril 2012, con abril 2011 y abril 2013, y encuentra un comportamiento atípico... ¿Se arriesga a no hacer lo que debe hacer?

    Saludos.



    sos al sos .

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    08 Feb 2013 18:16 #87007 por guerrero_del_infierno
    hola que tal

    lo mas correcto es presentarlo en el portal bancario con actualizacion y recargos, acreditandote el subsidio al empleo, por las cantidades no creo que rebazen los 100 pesos de actualizacion y recargos.


    saludos

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    08 Feb 2013 18:55 #87010 por CPHugoocejo
    - Es correcto lo señalado por los compañeros, por ende se tiene que pagar lo que se debe, posteriormente relacionarlo en la múltiple.


    saludos

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    09 Feb 2013 09:34 - 09 Feb 2013 10:48 #87013 por fiscalista 1
    Hola lulu2504:
    Dices esto:

    REvizando los papeles del cierre para la presentacion de la informativa de salarios me percate q no se pago el impuesto de isr de salarios del mes de abril y el de mayo, realmente se presento mal ya q era contra el subsidio al empleo pero se anoto cero en la declaracion.


    PREGUNTA:
    1.- Se presentó mal la declaración, o realmente despues de acreditar el subsidio arrojó un saldo a cargo y no se entero?.


    Además si nada más se presentó mal la declaración pues es una infración, en un segundo supueso si despues de acreditar el S.E. resultó un saldo a cargo y no se enteró(pues hay que pagarlo) , si no lo hace pues vea que dice el :
    C..F.F.
    Artículo 76. Cuando la comisión de una o varias infracciones origine la omisión total o parcial en el pago de contribuciones incluyendo las retenidas o recaudadas, excepto tratándose de contribuciones al comercio exterior, y sea descubierta por las autoridades fiscales mediante el ejercicio de sus facultades, se aplicará una multa del 55% al 75% de las contribuciones omitidas.



    *En acreditamientos no existen actualización ni recargos a la contribución a la cual se le aplicó acreditamiento aún presentando en forma extemporánea su declaración.


    *UN ENFERMO LLEGA AL CONSULTORIO DE UN Dr, y LE DICE DOCTOR, ME DUELE MUCHO LA CABEZA Y EL DOCTOR SIN EXAMINARLO NI HACERLE PREGUNTAS LE RECETA "PARACETAMOL"[/u ](será correco?).




    Mil gracias!!!!!.

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    13 Feb 2013 10:49 #87115 por fiscalista 1
    Hola lulu2504
    Ojala regreses y contestes.



    Saludos

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