En mi opinión no se tiene la obligación de presentar la declaración de CLIENTES Y PROVEEDORES en razón de que el Transitorio(os) no establece(n) ninguna condicionante referente al supusto a que si se presentar las DIOT en forma extemporánea o a requerimiento de la Autoridad !!!!. Unicamente condiciona que se presenten las DIOT de todo el ejercicio.
cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2013.,