Radio Aportaciones:  
--:--  | : 8hs-12hs -
Toggle Bar

    p.p pm regimen simplificado

    26 Feb 2013 13:02 #87347 por ernye
    buenas tardes mi duda es la sig. espero y me la puedan disipar:

    es una empresa de auto transporte P.M. regimen simplificado impuesto propio;
    al elaborar el pago provisional por medio de pago referenciado
    me surge la duda (ya que no tiene el rubro "anticipos a rendimientos")

    ¿ los antipos a rendimientos los puedo poner en rubro deducciones autorizadas? y solo pagar el impuesto por las retenciones.?

    el art 81fracc III. Las sociedades cooperativas a que se refiere este Capítulo, considerarán los rendimientos y los anticipos que otorguen a sus miembros, como ingresos asimilados a los ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado y aplicarán lo dispuesto en los artículos 110 y 113, tercer párrafo, de esta Ley.

    ¿ó deberia de cambair a isr impuesto por sus integrantes?

    y hacer el calculo de acuero al parrafo II. Para calcular y enterar el impuesto del ejercicio de cada uno de sus integrantes, determinarán la utilidad gravable del ejercicio aplicando al efecto lo dispuesto en el artículo 130de esta Ley. A la utilidad gravable determinada en los términos de esta fracción, se le aplicará la tarifa del artículo 177de esta Ley, tratándose de personas físicas, o la tasa establecida en el artículo 10de la misma, tratándose de personas morales.

    ó de plano ando muy perdido...por sus aportaciones gracias.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    01 Mar 2013 09:03 #87412 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Lo que es, simplemente es...
    En el portal/aplicación de D y P, esos anticipos deben presentarse en el rubro de Deducciones Autoriazadas, ya que eso son, por lo tanto al momento del llenado es en ese renglón en el que deben presentarse. La plataforma sola confronta los ingresos del periodo con las deducciones del periodo, determina la base y el ISR correspondiente.

    El ISR que le pueda corresponder a esos anticipos de rendimientos, va a ser enterado en el apartado correspondiente, que no es otro que el de ISR por Asimilados, ya que los anticipos de rendimientos tienen ese trato para poder ser considerados como deducciones autorizadas.

    Bajo ese orden de ideas, entera ambos ISR en caso de estar obligado y ubicarse en los supuestos.

    Saludos.



    sos al sos .

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    01 Mar 2013 10:36 #87417 por ernye
    Respuesta de ernye sobre el tema Re: p.p pm regimen simplificado
    gracias por la respuesta

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.207 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 291 invitados y ningún miembro en línea