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    ROBO DE MERCANCIA

    26 Feb 2013 15:16 #87350 por Diana20102010
    Hola, necesito de su ayuda y sus amables aportaciones en la siguiente situacion, la empresa a la que hare referencia se dedica a la compra venta de materiales para la construccion, entre los productos que maneja esta la compra de varilla por medio de autofleteo, enviamos el trailer a cargar con el proveedor en Puebla y lo traen al almacen en Morelos, en el trayecto el chofer es asaltado y se llevan el trailer con toda las mercancia poco mas de 35 toneladas, se procede con la denuncia, se recupera el trailer y 75% de la mercancia, el importe de mi factura asciende a 300, realizamos anticipo por 200 antes del robo, despues de un largo proceso legal y en base al dictamen de la aseguradora del proveedor determina que aun tenemos pendientes por pagar 162 por deducible, tengo total desconocimiento en tal situacion, y me surgen muchas dudas, la primera que no es el proveedor quien debe pagar el deducible que determina la aseguradora??? por que finalmente sin haber recibido la mercancia completa terminaremos pagando poco mas del importe original los 200 de anticipo mas el deducible de 162, factura original 300, pierdo 62 :(
    El proveedor esta presionando para que liquidemos el pago, otra de mis dudas es y todo esto como lo registro contablemente???
    Quien me facturara el deducible, el proveedor o la aseguradora del proveedor???
    Necesito de su ayuda porfavor.

    Muchas Gracias, por el tiempo dedicado.

    Saludos.

    Diana

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    01 Mar 2013 08:57 #87411 por sosgtorreon
    Un tanto confuso lo que se expone, al menos para mi poco entendimiento, confiemos en que otros compañeros van a ofrecer mejores y puntuales comentarios.

    A mi ver se requiere conocer las condiciones acordadas entre cliente y proveedor para la operación. Ustedes compran, acuden a las instalaciones del proveedor a recoger la mercancía para trasladarla finalmente por sus propios medios, ¿Bajo su riesgo? o pactan con el proveedor otra cosa... Es que por lo regular la salida la mercancía de las instalaciones del proveedor se asume que ya es propiedad del cliente, mayormente si el cliente la traslada por sus propios medios, se suele decir que la traslada por su cuenta y riesgo. Por lo que ya será decisión del cliente (nuevo propietario de la mercancía) si realiza el viaje con la mercanacía asegurada o no, pero bien pueden pactar otras cosas y eso de momento solo ustedes lo saben.

    En lo general si yo compro a crédito y acudo a recoger y trasladar por mis propios medios lo comprado, si me lo roban en el traslado, el problema es mio en exclusiva, el proveedor me va a cobrar igual, ya que no es culpa o responsabilidad suya el robo, para mi será una desgracia por partida doble, ya que sin mercancía para vender y con la pena de tener que pagar la deuda contraída... pero eso no es culpa del proveedor...

    Mi pregunta, ¿Por qué entra en juego en su caso planteado la aseguradora del proveedor?, ¿El deducible del que habla, quién lo va a facturar a quién?, si bien ya dieron al proveedor un anticipo de 200.00 aún le deben 100.00 por el total de la compra, ¿Cómo y cuándo se los van a pagar?, o no los piensan pagar... Reitero, todo depende y esta en función de las condiciones que hayan acordado entre cliente y proveedor, sin conocerlas, no se puede concluir nada.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: Diana20102010

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    01 Mar 2013 11:38 #87420 por Diana20102010
    Muchas gracias, la forma de entrega de la mercancia es parte de un acuerdo con el proveedor, ya que ellos no manejan fletes, ya sea q los contrates con terceros o como en este caso, vallas tu mismo a recojerla y la mercancia esta asegurada por parte del proveedor, para su resguardo hasta el destino final, (es raro, ni yo entiendo muy bien, pero asi es) Finalmente recibi cooperacion del departamento de ventas del proveedor, llegamos a un acuerdo que nos "beneficia" un poco, Mil gracias por el tiempo dedicado sosgtorreon.

    Saludos cordiales.

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    01 Mar 2013 12:43 #87424 por sosgtorreon

    Diana20102010 escribió: Muchas gracias, la forma de entrega de la mercancia es parte de un acuerdo con el proveedor, ya que ellos no manejan fletes, ya sea q los contrates con terceros o como en este caso, vallas tu mismo a recojerla y la mercancia esta asegurada por parte del proveedor, para su resguardo hasta el destino final, (es raro, ni yo entiendo muy bien, pero asi es) Finalmente recibi cooperacion del departamento de ventas del proveedor, llegamos a un acuerdo que nos "beneficia" un poco, Mil gracias por el tiempo dedicado sosgtorreon.

    Saludos cordiales.


    Si esta asegurada por parte del proveedor, lo lógico a suponer es que la indemnización en caso de robo la aseguradora pague al proveedor, bueno al menos a mí eso me parece, yo proveedor compro un seguro para el traslado, yo pago, es gasto mio, si hay robo el afectado soy yo, no dueño de la mercancía pero si contratante del seguro, por lo que si yo pague el seguro, yo recibo el beneficio de la indemnización... por tanto, el deducible que pide la aseguradora es con cargo a mi, yo lo pago... Mi cliente, es decir, ustedes, no deben tratar con la aseguradora... pero volvemos a lo mismo, puede que las cosas esten pactadas en forma distinta, eso solo los dueños lo saben.

    Lo mejor de todo es que ya el problema es historia.

    Saludos.



    sos al sos .

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