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    ELIMINACIÒN DE CUENTAS INCOBRABLES DE CLIENTES

    07 Mar 2013 11:55 #87513 por Miriam17
    Corazón...ya entendí lo que el no desea es tener perdida en el ejercicio..pero sabias que diminuir la cuenta de capital..también le afecta en los consursos? lo digo con conocimiento de causa, ya que también e elaborado estados financieros para consursos


    Tienes buena tarea para depurar esta cuenta de clientes sin que le afecte a resultados

    estamos al pendiente

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    07 Mar 2013 13:01 #87516 por Miriam17
    Tratando de ayudar un poquito..pensé que esto le aconsejaria yo a mi cliente si
    fuera la situación..para no afectar los estados financieros propondria que la cuenta
    de clientes con esas cuentas incobrales se vayan ajustando como cuentas incobrables
    no en un solo ejercicio si no en varios según como se vaya presentando es, decir en 2012
    me afecta una perdida muy alta solo contabilizo el ajuste de cuenta incobrable un porcentaje
    en 2013, veo cual es mi situación quiza, le haga bién a la empresa hasta una deducción
    fiscal por este concepto...así de esa forma se iria depurando la cuenta y no le afectaria en
    la cuestión financiera...

    Es solo mi opinión, espero te sirva de algo

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    12 Mar 2013 10:10 #87579 por Miriam17
    Hola Buenos dias:

    Me hubiera gustado alguna conclusión de la contadora que inició el post....aquí va la mia
    acompañada de otra pregunta, me gustaria que este foro fuera de más retroalimentación
    de quienes preguntamos, de quienes participamos, y sea realmente un intercambio de ideas..


    Bueno aquí va la mía.

    Pienso que no se pueden hacer ajustes contables involucrando cuentas que no sean las
    propias como enviar cuentas incobrables ( Clientes ) contra aportaciones de capital, ya que
    mi opinión es que afecta la cuenta de gastos.

    Y otra consideración viendo hace un momento la revista fiscal Notas fiscales del escritorio
    de jamedoz ( Toño ) ví un articulo que habla de manera muy interesante sobre este tema y
    cuando yo recien particípé en este post me nacia una duda sobre la redacción del art. 31 frac.. XVI
    L.I.S.R.
    mi duda es sobre el momento de la deducibilidad de las cuentas incobrables,
    ya que menciona acerca de la deducibilidad " En el mes en que se cumpla un año de haber incurrido en mora" ...y preguntaba este texto limita mi momento de duducibilidad ? ya que no dice a partir de....
    claroooo que cuando se de cualquiera de los dos supuestos...
    En este articulo aquí me deja claro que al menos yo...debo de ser cuidadosa con la prescripción o
    imposibilidad de cobro de las cuentas por cobrar...para hacer deducibles estos conceptos



    Estoy segura que estos temas son de utilidad para todos....

    Buen dia a todos
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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    12 Mar 2013 13:05 #87581 por Contribuyente
    Buenas tardes.

    Sugiero la lectura que considero muy orientadora de la siguiente página: [PDF]
    07-Boletin Tecnico Julio 2009hot! - Colegio de Contadores Públicos ...
    www.ccpg.org.mx/portal/index.php?option ...

    Las primeras 8 o 9 páginas dan claridad a varios conceptos aplicables.

    Mi comentario resultó de pensar que se está aplicando un plazo que no corresponde a lo que se pregunta, pues una cosa es el momento en el cual se puede determinar aplicar el tratamiento de incobrable a una cuenta insoluta; otro el momento en que incurre en Mora; otro el plazo de prescripción citado en el Art.31-XVI de LISR; etc., etc.

    Desde mi muy particular punto de vista y siendo como soy un neófito en cuestiones legales civiles y mercantiles, creo que la prescripción para Facturas simples no existe. Para facturas que contienen un pagaré dentro de las mismas, estaría sujeto a la prescripción que el CCF aplica a los pagarés.... si se van por esa vía, o.... al tratamiento en que según yo no prescriben, pero..... que requieren el reconocimiento judicial del deudor para intentar y lograr su cobro.

    En fin, que yo sugiero leer lo que cito, pues ese planteamiento me pareció ad-hoc para el tema y la duda planteada.

    Saludos cordiales y amistosos para los participantes.

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    12 Mar 2013 18:00 - 12 Mar 2013 18:01 #87592 por MISTICO
    PATADAS VOLADORAS

    SR.CONTRIBUYENTE

    El tema me parece está mal planteado por ende las respuestas fuera de contexto, sin embargo por la sinceridad con que usted escribe lo siguiente.


    ANTECEDENTE DE SU RESPUESTA

    Desde mi muy particular punto de vista y siendo como soy un neófito en cuestiones legales civiles y mercantiles, creo que la prescripción para Facturas simples no existe. Para facturas que contienen un pagaré dentro de las mismas, estaría sujeto a la prescripción que el CCF aplica a los pagarés.... si se van por esa vía, o.... al tratamiento en que según yo no prescriben, pero..... Que requieren el reconocimiento judicial del deudor para intentar y lograr su cobro.

    LE REGALO MI PUNTO DE VISTA UNICAMENTE AL RENGLON ANTERIOR

    De la bitácora de mi padre.

    FACTURAS PLAZO DE PRESCRIPCION

    Existen dos TIPOS DE FACTURAS definidas en función del volumen de la operación comercial, conocida como MEUDEO Y MAYOREO.

    MENUDEO -UN AÑO CONTADO A PARTIR DE QUE SE EFECTUO LA VENTA, con la salvedad conforme a la fracción I del numeral 1043 del Código de Comercio

    MAYOREO.- DIEZ AÑOS EN FORMA ENUNCIATIVA APLICA A OTROS DOCUMENTOS EN EL QUE EL CITADO CODIGO NO ESTABLESCA PARA LA PRESCRIPCION UN PLAZO MAS CORTO ART.1047 DE CODIGO DE COMERCIO


    saludos

    P.D.GABO un placer leer tus excelentes comentarios, pasaba por aqui te vi y me dije es tiempo de aprender del Gabo

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    13 Mar 2013 11:15 #87594 por CORAZON
    BUENOS DIAS

    AGRADEZCO LAS APORTACIONES Y COMENTARIOS QUE HAN HECHO RESPECTO AL TEMA.

    OPINO LO MISMO QUE MIRITA, QUE ES LLEVARLO A GASTOS, PORQUE LOS DOCUMENTOS QUE HAY ES LA FACTURA, NO SE EJERCIO NINGUNA OTRA ACCION Y QUE SON CUENTAS X COBRAR DEL 2008

    EL CONTRIBUYENTE ESTA CON LA IDEA FIRME DE ENVIAR ESAS CUENTAS INCOBRABLES AFECTANDO CAPITAL, PARA QUE NO SE INCREMENTE LA PERDIDA.

    GRACIAS

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