hoy realice esta consulta al SAT.... alguien que pudiera ayudarme?
Servicio de Administración Tributaria, le atiende Amelia Orrantia, ¿en qué puedo ayudarle?
12:03 hola soy del reimen de honorarios, estoy presentando mi pago referenciado, pague el importe de suscribcion a mi especilidad en la UNAM
12:03 al llenar la informacion de iVA
12:03 en el detalle
12:03 no se donde pongo ese importe... o no lo pongo??
12:04 es exento? o tasa cero? o no se pone?
12:04 ¿Qué actividad realiza?
12:04 tengo por separado mi iva al 16% y la de 0%
12:04 regime actividad empresarial y profesional
12:05 soy abogado
12:06 Pero ese gasto no es acreditable, ni deducible.
12:06 Por lo tanto no lo refleja.
12:06 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:06 no? ¡porque?
12:07 porqu no es deducible?
12:07 Recuerde:
12:07 Las deducciones autorizadas son gastos estrictamente indispensables para obtener sus ingresos por su actividad.
Se debe de contar con un comprobante fiscal que reúna con los requisitos fiscales.
Y los gastos superiores a $2,000 pesos, deben ser pagados con tarjeta de crédito, débito, monederos electrónicos o cheque nominativo del contribuyente.
El gasto de combustible, cualquier monto debe de pagarse mediante tarjeta de crédito, débito, monederos electrónicos o cheque nominativo del c
12:07 ontribuyente.
12:07 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:08 haber, soy abogado, el estudiar la especialidad, ¿no es indispensable?
12:08 y tengo mi factura
12:08 con todos los selos digitales, la pague con mi monedero eletrinico
12:09 ¿Me puede permitir un momento en línea, por favor?
12:09 estoy tratando de hacer las cosas bien y ocupo esta herramienta del SAT para que me ayude a seguir haciendolo.. y me dices ¡que no es deducible?...
12:10 Gracias por esperar en la línea.
12:10 espero... y me expliques, ya que es orientacion y apoyo
12:10 me dejaste muy orprendido
12:10 sorprendida
12:11 Disculpe, pero son gastos estrictamente indispensables.
12:11 aahh!!!
12:11 creo que me equivoque
12:11 Un abogado, tenga o no actividad inscrita al RFC, realiza ese tipo de gastos.
12:11 de sesion
12:12 yo ejerzo una profesion, el tener un grado mas en mi conocimiento
12:12 no es indispensable
12:12 caramba!
12:12 exacto
12:12 ¿Cuál es la actividad que tiene registrada ante el RFC?
12:12 respaldando lo qu dices
12:12 esa
12:13 sericios juridicos
12:13 Bien, si usted lo considera indispendable, lo puede señalar, más sin embargo es a criterio de la autoridad.
12:13 ok, te escucho.
12:14 dame el criterio por favor, digo para que valga la pena
12:14 l asesion, ud si tiene ese fundamento
12:14 se que tienen eso en sus criterios, cual es? donde lo buscopara
12:14 tener ese respaldo
12:15 Los artículos 123 y 125 de la ley de ISR, y artículo 5 de la ley de IVA.
12:16 ok lo revisare.
12:16 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:16 aahhh!!
12:16 increible.. no es indispensable??
12:16 talvez un cd o una s flores!
12:16 pero mi capacitacion????
12:16 increible
12:17 venia por apoyo
12:17 y salio peor.
12:17 gracias
12:17 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné
S que todos los dias se aprende algo nuevo, solo quiero saber, ¿si esta informacion es confiable? Ya revise SU fundamento legal y quede igual.
Gracias!!