Primero lo primero, !Bien Llegado a Casa!
Ahora si, intentando atender tu mensaje, lo voy a realizar en dos partes, la primera, el consejo obligado que a mi ver se impone en situaciones como la presente, la segunda puntualizando sobre datos.
El consejo obligado.- Resulta prudente y aconsejable que busques contratar los servicios de un Contador Público que te lleve la contabilidad y asesore en lo relativo al cumplimiento de las distintas declaraciones a que eres sujeto como contribuyente. Si bien, por lo que ya has realizado al momento puedes tener la tentación de considerar que los mismos son innecesarios, a mi ver, una percepción del monto que describes bien amérita tener la certeza total de que se esta cumpliendo en forma correcta, para evitar cualquier detalle que pueda derivar en multas, sanciones o molestias por parte de la autoridad. El movimiento aparentemente no será mucho, por lo que pienso no debes tener problemas para pactar un honorario que no lesione los intereses tuyos ni los del profesionista con el que te contrates.
En lo relativo al cálculo debo decir, que si bien el del IETU es correcto, me parece que el del ISR NO. Si desglosas su determinación podremos manifestarnos y señalar la probable falla, caso contrario va a ser pura especulación. ¿No tienes gastos?, pregunta, ¿A qué te dedicas?, ¿Cuál es tu domicilio fiscal?, ¿Tienes auto?, ¿Por qué crees que el iphone NO puede deducirse?, reitero, para que no te mortifiques con dudas como las que planteo, deja que sea un contador público el que las responda. Al IETU le puedes y debes restar tanto la retención de ISR que te realizan como el pago provisional de ISR que vas a enterar, en este caso los 2,523.00 que son los que yo digo son errados, según yo deben ser 2,353.00, pero para no especular, mejor esperar a que aportes datos de detalle. Como puedes ver no hay negativa a contestar lo que tengas a bien preguntar, el consejo obligado que se da es por considerar que es lo más prudente. El SAT dentro de su mercadotecnia fiscal ha logrado difundir la idea de que para ciertos tipos de contribuyentes no resulta necesario contar con los servicios de un contador, en verdad si así fuera, me parece que los contadores lo festejabamos, pero ellos se encargan de complicar la vida en forma tremenda. Por no dejar, ¿Qué tipo de comprobante fiscal estas emitiendo?, ¿Tienes cuenta bancaria con datos fiscalesen tus cheques y estados de cuenta?, ¿Tienes domiciliado algún pago de servicios?