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    Prestamos, ingresos para IETU?

    04 Abr 2013 12:10 #87957 por sosgtorreon
    Los auditores fiscales, lamentablemente, parten de esa premisa, considerar no solo los préstamos, si no todos los depositos como Ingresos afectos a ISR, IVA e IETU. Claro, esto se da en caso de revisiones, no es que tengan la razón ni bases para así proceder, pero es un punto de partida muy común, vamos como luego dicen, parece que esa es la "línea de trabajo" que les dan. La bronca es que dejan el trabajo de demostrar al contribuyente la carga de la prueba en contrario y como luego decía mi abuelo (hombre sabio el indio de San Bartolo), "ahí es donde la puerca tuerce el rabo".

    Muchas veces va a resultar que el contribuyente no tiene documentales ideales para "probar su dicho" o luego resulta que a "juicio de la autoridad" las pruebas aportadas no son suficientes ni las ideales para desvirtuar lo que la autoridad pretende, lo que deja en el escenario de una liquidación y en la necesidad de entablar un juicio con la obligada y necesaria participación del especialista en la materia (saludos a todos los Lic especialistas en matería de Defensa Fiscal, particular dedicación al buen HURACAN). Estos juicios normalmente los abogados los ganan, lo que deja en claro al contribuyente y a cualquiera que los supuestos de la autoridad son viles poses y pretensiones de sacar dinero de cualquier bolsillo.

    En mi particular experiencia me ha tocado que la autoridad pretenda considerar como ingreso acumulable para todo tipo de impuestos, no solo los préstamos de terceros (no bancos), si no incluso traspasos bancarios entre cuentas del propio contribuyente y disposiciones de líneas de crédito, al entablar conversaciones con ellos y mediante escritos de desvirtuación de hechos se ha logrado que acepten sus errores de apreciación, desde luego hay que anexar los estados de cuenta, identificar incluso con resalta textos la salida en una cuenta y entrada en la otra, identificando la fecha para que vean que es lo mismo.

    En su caso ya le comentaron acertadamente que ni son ingresos ni son deducciones, toda vez que como decia mi abuelo (otra vez la referencia) "se esta curando en salud", haga caso, elabore los contratos necesarios, no es obligado pero tienen mayor fuerza y peso para fines probatorios ante la autoridad fiscal si llevan FE PUBLICA, hay quienes incluso sugieren elaborar pagares si es que en el contrato se mencionan.

    Saludos.



    sos al sos .

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