EN LOS PAGOS DE IVA DE 2012 TENGO SALDOS A FAVOR.
SI TENGO QUE PRESENTAR UNA COMPLEMENTARIA DE IVA DE JUNIO DONDE VOY APLICAR IVAS A FAVOR QUE TENGO.
¿TENGO QUE PRESENTAR COMPLEMENTARIAS DE LOS DE MAS MESES (JULIO, SEPTIEMBRE, ETC) DONDE HAYA ACREDITADO SALDOS A FAVOR DEL IVA? O ¿PUEDO PRESENTAR LA COMPLEMENTARIA DE JUNIO ACREDITANDO IVA FAVOR SIN MOVER LOS DEMAS MESES?
Si pones datos sobre periodos y montos, pueda que nos entendamos mejor. Pero de entrada comentar, si se "mueven" los datos para meses posteriores, a mi ver y entender, proceden complementarias de todos los meses que se vean afectados.
Por citar algo, si por error en el pago provisional de ISR anoto en forma equivocada el dato de pagos aneriores en el mes de junio, esto repercute en ese mes y los posteriores, por lo que es obligado presentar complementarias de junio a diciembre.