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    Timbrado de Anticipos

    15 May 2017 13:40 #106987 por oscar8
    Buenas tardes.

    Investigando un tema que tengo, sobre el timbrado de anticipos que recibimos. Leyendo la guia del complemento de pagos, me indica que en el Anexo 20, viene como se debe llenar este tipo de operaciones, mas ya lo descargue y no lo encuentro, el llenado de anticipos.

    Mi pregunta es entonces, hay un instructivo especial para los timbrados de anticipos ?

    Saludos!

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    24 May 2017 11:29 #107049 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Timbrado de Anticipos
    Me llego esto hoy a mi cuenta de correo, a lo mejor te resulta de utilidad.

    Cómo propone el SAT manejar los anticipos ante el nuevo CFDI 3.3

    SAT delinea el manejo de anticipos a través de la Guía de Llenado del CFDI.

    Tras una serie de consultas públicas y recepción de comentarios de algunos sectores de la industria, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer, a través de la Guía de Llenado del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), la forma en que propone manejar los anticipos.

    La nueva Guía de Llenado, dada a conocer el 23 de mayo de 2017, establece lo siguiente en el recién adicionado “Apéndice 6”.

    Los nodos y campos no mencionados en este procedimiento, se deben registrar en el comprobante fiscal conforme a las especificaciones contenidas en el punto I. de ésta Guía.

    Consideraciones previas.

    Este procedimiento es sólo para la facturación de operaciones en las cuales existen pagos de anticipos, por lo que es importante tener en cuenta lo siguiente:

    I. Si la operación de que se trata se refiere a la entrega de una cantidad por concepto de garantía o depósito, es decir, la entrega de una cantidad que garantiza la realización o cumplimiento de alguna condición, como sucede en el caso del depósito que en ocasiones se realiza por el arrendatario al arrendador para garantizar del pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario, no estamos ante el caso de un anticipo.
    II. En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo sobre el bien o servicio que se va a adquirir y de su precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito, y el comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio, estamos ante una venta en parcialidades y no ante un anticipo.
    Sólo estaremos ante el caso de una operación en dónde existe el pago de un anticipo, cuando se realice un pago en una operación en dónde:
    a. No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo.
    b. No se conoce o no se han determinado ni el bien o servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.
    A. Facturación aplicando anticipo con CFDI de egreso.
    I. Emisión de un CFDI por el valor del anticipo recibido:
    El contribuyente al momento de recibir un anticipo debe emitir comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) por el valor del anticipo y deberá registrar en los siguientes campos la información que a continuación se describe:
    a) TipoDeComprobante: En este campo se debe registrar la clave “I” (Ingreso) del catálogo c_TipoDeComprobante.
    b) FormaPago: En este campo se debe registrar la clave del catálogo c_FormaPago conforme a lo siguiente:
    a. Si es un anticipo, se debe registrar la clave con la que se realizó el pago.
    b. Si es un anticipo usando el saldo remanente de un pago previo se debe registrar la clave “99” (Por definir).
    c) MetodoPago: En este campo se debe registrar la clave “PUE” (Pago en Una Sola Exhibición) del catálogo c_MétodoPago
    d) Nodo:CfdiRelacionados: Este nodo no debe existir.
    e) Nodo Concepto: Solo debe existir un concepto en este comprobante.
    ·ClaveProdServ: En este campo se debe registrar la clave “84111506” (Servicios de facturación).
    ·Cantidad: Se debe registrar el valor “1”.
    ·ClaveUnidad: Se debe registrar la clave “ACT” (Actividad).
    ·Descripción: En este campo se debe registrar el valor “Anticipo del bien o servicio”.
    ·ValorUnitario: En este campo se debe registrar el monto entregado como anticipo antes de impuestos.
    II. Emisión de un CFDI por el valor total de la operación.
    El contribuyente al momento de concretar la operación y recibir el pago de la contraprestación, debe emitir un CFDI de tipo “I” (Ingreso) y registrar en los siguientes campos la información que a continuación se describe:
    a) FormaPago: En este campo se debe registrar la clave de forma de pago que corresponda de acuerdo al catálogo c_FormaPago.
    b) MetodoPago: En este campo se debe registrar la clave del método de pago que corresponda al catálogo c_MetodoPago .
    c) Nodo: CfdiRelacionados: Este nodo debe existir.
    · TipoRelación: En este campo se debe registrar la clave “07” (CFDI por aplicación de anticipo) del catálogo c_TipoRelación, a efecto de relacionar este comprobante con el del anticipo emitido anteriormente.
    · Nodo: CfdiRelacionado: Este nodo debe existir.
    · UUID: En este campo se debe registrar el o los folios fiscales del comprobante (anticipo) a 36 posiciones que se relacionan a esta factura.
    Es importante mencionar que si en el momento de emitir el CFDI por el valor total de la operación, no se realiza el pago de la diferencia que resulte entre el CFDI por el valor total de la operación y el CFDI de “Egreso”, se debe emitir un CFDI con “Complemento para recepción de pagos” por cada pago recibido.
    III. Emisión de un CFDI tipo “Egreso”.
    Posteriormente a la emisión del CFDI por el valor total de la operación, el contribuyente debe emitir un CFDI de Tipo “Egreso” por el valor del anticipo aplicado y registrar en los siguientes campos la información que a continuación se describe:
    a) TipoDeComprobante: En este campo se debe registrar la calve “E” (Egreso) del catálogo c_TipoDeComprobante
    b) FormaPago: En este campo se debe registrar la clave “30” (Aplicación de anticipo) del catálogo c_FormaPago.
    c) MetodoPago: En este campo se debe registrar la clave “PUE” (Pago en una sola exhibición) del catálogo c_MetodoPago.
    d) Nodo:CfdiRelacionados: Este nodo debe existir.
    · TipoRelación: En este campo se debe registrar la calve “07” (CFDI por aplicación de anticipo) del catálogo c_TipoRelación, a efecto de relacionar este comprobante con el CFDI por el valor total de la operación emitido anteriormente.
    · Nodo CfdiRelacionado: Este nodo debe existir.
    · UUID: Se debe registrar el folio fiscal del comprobante emitido por el valor total de la operación a 36 posiciones que se relaciona a esta factura.
    e) Nodo Concepto: Solo debe existir un concepto en este comprobante.
    § ClaveProdServ: En este campo se debe registrar la clave “84111506” (Servicios de facturación).
    § Cantidad: Se debe registrar el valor “1”.
    § ClaveUnidad: Se debe registrar la clave “ACT” (Actividad).
    § Descripción: En este campo se debe registrar el valor “Aplicación de anticipo”.
    § ValorUnitario: En este campo se debe registrar el monto descontado como anticipo antes de impuestos.
    Se precisa que la fecha de emisión del CFDI por el valor total de la operación y el CFDI de “Egreso” debe ser la misma, debiendo emitir primero el CFDI por el valor total de la operación y posteriormente el CFDI de “Egreso”.
    B. Facturación aplicando anticipo con remanente de la contraprestación
    I. Emisión de un CFDI por el valor del anticipo recibido:
    El contribuyente al momento de recibir un anticipo debe emitir comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) por el valor del anticipo y deberá registrar en los siguientes campos la información que a continuación se describe:
    a) TipoDeComprobante: En este campo se debe registrar la clave “I” (Ingreso) del catálogo c_TipoDeComprobante.
    b) FormaPago: En este campo se debe registrar la clave con la que se realizó el pago, del catálogo c_FormaPago .
    c) MetodoPago: En este campo se debe registrar la clave “PUE” (Pago en una sola exhibición) del catálogo c_MétodoPago.
    d) Nodo:CfdiRelacionados: Este nodo no debe existir.
    e) Nodo Concepto: Solo debe existir un concepto en este comprobante.
    § ClaveProdServ: En este campo se debe registrar la clave “84111506” (Servicios de facturación).
    § Cantidad: Se debe registrar el valor “1”.
    § ClaveUnidad: Se debe registrar la clave “ACT” (Actividad).
    · Descripción: En este campo se debe registrar el valor “Anticpo del bien o servicio”.
    · ValorUnitario: En este campo se debe registrar el monto entregado como anticipo antes de impuestos.
    II. Emisión de un CFDI por el remanente de la contraprestación, relacionando el anticipo recibido
    El contribuyente al recibir el pago del remanente de la contraprestación, debe emitir un CFDI por el monto del remanente y registrar en los siguientes campos la información que a continuación se describe:
    TipoDeComprobante: Se debe registrar la clave I (Ingreso) del catálogo c_TipoDeComprobante.
    FormaPago: Se debe ingresar la clave del catálogo c_FormaPago con la que se realizó el pago.
    MetodoPago: Se debe registrar la clave del catálogo c_MétodoPago que le corresponda.
    Nodo:CfdiRelacionados: Debe de existir.
    TipoRelación: Se debe registrar la clave 07 (CFDI por aplicación de anticipo) del catálogo c_TipoRelación, a efecto de relacionar este comprobante con el del anticipo emitido anteriormente.
    UUID del nodo CfdiRelacionado: Se debe registrar las 36 posiciones del folio fiscal del comprobante que ampara el anticipo.
    Descripción del nodo Concepto: En este campo se debe registrar la descripción del bien o servicio propia de la empresa por cada concepto, seguido de la leyenda; CFDI por remanente de un anticipo.
    ValorUnitario: Se deberá registrar por cada concepto el valor del bien o del servicio.
    Descuento: Se debe registrar por cada concepto el monto del anticipo.

    Cabe mencionar que este tratamiento que propone el SAT es únicamente para efectos de comprobantes fiscales, pero aún no queda resuelto el problema que se genera en pagos provisionales, ya que se debe recordar que estos pagos no es posible disminuir ingresos con los montos de descuentos o bonificaciones, por lo que no sería posible jurídicamente aplicar los CFDI de egreso descritos en esta guía para ajustar el monto de ingresos, de forma que el contribuyente no se vea en el problema de tener que acumular un mismo ingreso dos veces: Una vez en la emisión del CFDI del anticipo, y una segunda ocasión al momento de expedir el CFDI del resto de la operación.

    La autoridad deberá proveer alguna regla o facilidad en la que se puedan no considerar los ingresos que están siendo facturados, pero cuya acumulación se realizó en meses o años anteriores (cuando se recibió el anticipo), de otra forma, los contribuyentes enfrentarán inseguridad jurídica en cuando al manejo de sus pagos provisionales.

    Saludos.



    sos al sos .

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    24 May 2017 17:39 #107053 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Timbrado de Anticipos
    QUE SUENE LA CAMPANA LO VEO ADORMILADOS MI RAZA………Mi querido Chapulín Colorado aunque no contábamos con su astucia acláreme por favor que entiende che vos por ANTICIPO.

    No pregunto porque se me haya chispoteado, tampoco porque este confundido y mucho menos porque no tenga nada que hacer, sino porque creo que está usted confundiendo la magnesia con la gimnasia o dicho de otra manera acláreme por favor cuales son los dos casos cuando se debe expedir un complemento de pago.

    Dicho lo anterior con todo respeto mi cuate no te lo tomes tan en serio, si vos sos el Chapulín colorado pues yo soy Cantinflas y ahí está el detalle chato.

    Saludos para todas y todos

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