Mi consulta es en relación al contribuyente PM AGAPE capítulo VIII LISR sobre la exención que determina esta última por cada socio o asociado de 20 Veces el SMG; en específico si alguno de Ustedes ha tenido revisión o acto de fiscalización donde le verifiquen si serán ahora UMA´s o VSMG para efectos del cálculo de dicha exención. Además relacionado a ello en el 27 de la LSS tampoco se tomará como referencia el SMG para las limitantes señaladas, deberá ser la UMA? Si alguno puede aportarme con su experiencia ante la autoridad en el tema se lo agradeceré. Por último si revisan el DECRETO por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización el cual anexo, saben si fue un error en el artículo segundo transitorio del mencionado decreto, señalar como fecha 28 de enero de 2016. Gracias
Omar Sequeira
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