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    VENTA ACTIVO FIJO

    16 Ago 2017 15:31 #107344 por AGARCOP
    VENTA ACTIVO FIJO Publicado por AGARCOP
    Buenas tardes:

    Tengo un cliente que es dentista, ahora en el mes de Julio compro un aparato de 2,000,000.00, lo pago al contado, sin embargo por causas de fuerza mayor, se lo venderá a otro contribuyente en abonos (los dos son clientes del despacho) exactamente por el mismo precio a 36 meses, analizando los asientos quedarían asi:

    Vendedor
    Compra:

    Activo fijo 2,000,000
    IVA Acreditable 320,000
    Bancos 2,320,000.00

    Vende:

    Cuentas por cobrar 2,000,000.00
    IVA por Cobrar 320,000.00
    Activo Fijo 2,000,000
    IVA Trasladado 320,000

    El vendedor lógico realizara un CFDI para el comprador, mi duda es una vez que vaya efectuando las parcialidades, como mato ese ingreso, para que no le cause algún impuesto, ya que realmente no obtendrá ganancia alguna.

    Espero haberme explicado, ando algo confundido y perdido.

    Gracias por su apoyo

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    17 Ago 2017 06:56 #107351 por Jedi Luis
    Respuesta de Jedi Luis sobre el tema VENTA ACTIVO FIJO
    Son PF o PM?
    Recordemos que PF acumula hasta el momento que cobra....
    Porque la necesidad de registrarlo como activo para vender activo?
    Que actividad tienen?

    Saludos.

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    17 Ago 2017 10:31 #107354 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema VENTA ACTIVO FIJO
    Si compra un activo, que al final por situaciones equis no es tal, sin problema... ya que para efectos de ISR va a deducir la parte no deducida. Al vender un activo fijo no se acumula propiamente el precio de venta, si no la utilidad en la venta, en el caso planteado no va a existir utilidad alguna, ya que como expones, no va a existir utilidad alguna.

    En lo que debo decir tengo mis dudas y reservas es en el manejo que para IVA se le esta dando. Al comprar el activo es normal, lógico y obligado que le hayan cobrado IVA, como citas que pago de contado, por la actividad que tiene, se supone ese IVA que pago no es "IVA Acreditable", si no "IVA Pagado No Acreditable", es decir, debe considerarlo como gasto, insisto, por la actividad que realiza.

    Ahora bien, al momento de venderlo él a un tercero, ¿Esta gravado para IVA?, a mi entender no, conforme lo dispuesto en;

    Artículo 9o.- No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

    IV.- Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

    Esto partiendo del supuesto que tributa como persona física con ingresos por Servicios Profesionales.

    Saludos.



    sos al sos .

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