REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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actualizacion de un \"contribuyente menor\"
- kikeleal
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bueno es mi hermana, a ella la dieron de alta en 1991, no tengo mas datos, pero supongo que por la actividad que tenia (papeleria), era contribuyente menor, pues sus ventas eran al publico en general....
la papeleria la cierran ese mismo año, no hay avisos a la SHCP, hasta la semana pasada que va al SAT, pues va a abrir otro negocio, y despues de la debida platica ahi, sale con su hojita de actualizacion de datos:
es pequeño contribuyente, realiza cambio de domicilio y sale con sus formas de pago:
2004: cero
2005: cero
2006 y 2007 hasta abril, con su formato de pago a SRIA FINANZAS por 840.00 que incluyen el pago bimestral de 100.00 + actualizaciones y recargos......
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la pregunta:
es correcto que aun y cuando en su tiempo no existian los repecos, automaticamente la hayan pasado a ese regimen y entonces le determinen de esa manera sus contribuciones?
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cabe señalar que hace como 3 o 4 años le llego una multa de finanzas por no haber presentado un trimestre de 2002 creo (la verdad no recuerdo), pero si no me equivoco no la veian como repeco, sino como intermedio, pues hasta la contabilidad le solicitaban, solo que no procedio por fallas en el procedimiento de notificacion.......
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....digo, tampoco es mucho como para no pagarlo, la duda es si es lo correcto....
gracias
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Saludos espero haberte ayudado con mi comentario
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a partir del ejercicio 2002 en la ley de ISR vigente de ese año es cuando surge el regimen intermedio, hasta el 2001 existian tres secciones y son estas...
a) regimen general
b) regimen simplificado
c) regimen de pequeños contribuyentes
y en ese 2002 desaparece en regimen simplificado y surge el intermedio que es aplicable para las personas fisicas que realizan actividades empresariales y cuyos ingresos no rebasan los 4 millones.
por otro lado, la diferencia que existe entre el regimen general de actividad empresarial y profesional y este regimen es en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones y no la determinacion del impuesto, ya que este es casi el mismo para ambos regimenes.
saludos
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- kikeleal
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en cuanto a los pagos, veo que la autoridad aplico primero el criterio de pagar conforme al ejercicio anterior para 2004 y 2005; y la cuota fija para 2006 y 2007.
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perdon por la insistencia, mi duda queda en si es valido que, al desaparecer el regimen de \"menores\" la Sria de finanzas haya optado por decir que ella era \"intermedio\" (cuando me requirio + o - en 2002) pero ahora que vamos al SAT, ahi digan que se mando de \"menores\" a \"repeco\", pues entonces yo podria ir nuevamente al SAT y decir que opte por ser intermedio desde el inicio, por ejemplo....
gracias
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kikeleal escribio:
========== FIN DE CITA ==========la pregunta:
es correcto que aun y cuando en su tiempo no existian los repecos, automaticamente la hayan pasado a ese regimen y entonces le determinen de esa manera sus contribuciones?
Saludos kike.
En el articulo Cuarto Transitorio para 1998, se nos dice en la fraccion IV:
Las personas fisicas que con anterioridad al 1o. de enero de 1998 hayan tributado en el impuesto sobre la renta por sus actividades empresariales y que a partir de esa fecha puedan optar tributar [tal es el caso de los contribuyentes menores] conforme a la Seccion III, del Capitulo VI, del Titulo IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, denominada \"Del Regimen de Pequeños Contribuyentes\", para efectos de lo dispuesto por los articulos 27 del Codigo Fiscal de la Federacion y 14 de su Reglamento, no estaran obligados a presentar aviso de aumento y disminucion de obligaciones.
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- kikeleal
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(aun no entiendo como finanzas requirio como si fuera de otra seccion, pero bueno esa es cosa aparte,(pues no procedio la multa) finalmente lo importante a tomar en cuenta es como el SAT lo hizo.
gracias!
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