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Ayuda!!!
- A. MARCIAL
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19 años 3 semanas antes #13886
por A. MARCIAL
Ayuda!!! Publicado por A. MARCIAL
Que tal a todos los del foro gusto en saludarlos y agradesco de antemano la ayuda por la siguiente duda:
Una persona Moral que recibe servicios servicios de autotransporte terrestre de bienes (por fletes) de una persona fisica, la retencion que hace la persona moral se hace solo por el flete o la retencion se debe hacer por todos los conceptos, es decir, por el flete, las maniobras, autopistas, repartos, si alguien puede ayudarme se lo agradecere infinitamente y tambien si existe algun fundamento legal para esto podrian decrimelo, de antemano muchs gracias por su ayuda, saludos..
Una persona Moral que recibe servicios servicios de autotransporte terrestre de bienes (por fletes) de una persona fisica, la retencion que hace la persona moral se hace solo por el flete o la retencion se debe hacer por todos los conceptos, es decir, por el flete, las maniobras, autopistas, repartos, si alguien puede ayudarme se lo agradecere infinitamente y tambien si existe algun fundamento legal para esto podrian decrimelo, de antemano muchs gracias por su ayuda, saludos..
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- nlz
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19 años 3 semanas antes #13889
por nlz
Respuesta de nlz sobre el tema Re:Ayuda!!!
En mi opinion la retencion se efectua al puro flete,salvo que alguien tenga algun fundamento para aplicarle la retencion a los demas conceptos.
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- lozarubio2
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19 años 3 semanas antes #13894
por lozarubio2
Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re:Ayuda!!!
Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.
Estoy de acuerdo con nlz; checando este articulo te menciona que reciban servicio de autotrnasporte; no te menciona ningun otro concepto y por experiencia laboral me ha tocado en casos que en las cartas porte vienen otros conceptos como maniobras, seguro del viaje, etc; y solamente se efectua la retencion por el concepto del flete......
alguna otra opinion.....<br><br>Mensaje editado por: lozarubio2, el: 14/08/2007 14:09
c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.
Estoy de acuerdo con nlz; checando este articulo te menciona que reciban servicio de autotrnasporte; no te menciona ningun otro concepto y por experiencia laboral me ha tocado en casos que en las cartas porte vienen otros conceptos como maniobras, seguro del viaje, etc; y solamente se efectua la retencion por el concepto del flete......
alguna otra opinion.....<br><br>Mensaje editado por: lozarubio2, el: 14/08/2007 14:09
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- ortae
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19 años 3 semanas antes #13906
por ortae
Respuesta de ortae sobre el tema Re:Ayuda!!!
Coincido con los compañeros, solamente se aplicara la retencion sobre el concepto de fletes, en ocasiones hemos tenido los casos en que nos hacen la retencion sobre todos los conceptos y pues en realidad los pagamos asi, no es lo correcto pero pues para evitar el cambio de facturas y gastar en enviar la factura y esperar a que llegue la nueva factura en fin....
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- CPHugoocejo
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19 años 3 semanas antes #13914
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re:Ayuda!!!
A.Marcial...
Definitivamente desde el ejercicio 2000 se especifico en ese entonces en la regla 5.1.2 del 29 de agosto de ese año,que solamente la retencion se debera efectuar sobre unicamente el flete.
saludos
Definitivamente desde el ejercicio 2000 se especifico en ese entonces en la regla 5.1.2 del 29 de agosto de ese año,que solamente la retencion se debera efectuar sobre unicamente el flete.
saludos
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- A. MARCIAL
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19 años 3 semanas antes #13941
por A. MARCIAL
Respuesta de A. MARCIAL sobre el tema Re:Ayuda!!!
Buenos días tengan todos ustedes y agradezco te antemano a todos por la ayuda que me dieron en cuanto a esta duda ya me queda mas claro, esto de los fletes, saludos y muchas gracias nuevamente...
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