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ACTIVO O GASTO
- dmorales
- Autor del tema
- Fuera de línea
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-
estamos realizando un mantenimiento
de un equipo de CFE en su planta.
Y entonces nos solicitan ciertos equipos
para ingresar a planta.
Entonces nos solicitaron una bomba que
no la conseguimos en renta
solo a la venta, asi q lo tuvimos que
comprar, costo 15 mil pesos con iva incluido.
Puedo enviarlo directo al gasto y
no via depreciacion.
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- rdavid_gtz
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Y bueno, vuelvo a lo señalado anteriorment, a la practicidad: es más caro controlar el activo que lo que realmente vale? si es así, mándalo al gasto.
Saludos
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- a_cano
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Considero que la tesis que a continuación trancribo, te podrá ayudar a definir si es gasto o invesión, el bien adquirido.
Saludos
Registro No. 182103
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIX, Febrero de 2004
Página: 229
Tesis: 2a./J. 11/2004
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa
RENTA. GASTO E INVERSIÓN. DIFERENCIAS PARA EFECTOS DE SU DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
El artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta precisa los conceptos que tiene derecho a deducir el contribuyente, entre los que se encuentran los gastos y las inversiones. Sin embargo, la propia ley establece un tratamiento diferente para la aplicación de dichos conceptos, el cual atiende a que los gastos pierden potencial para generar ingresos en el futuro, ya que sólo tienen significado y efectos en el ejercicio al cual corresponden; mientras que las inversiones (específicamente los activos fijos), en términos generales, pierden dicho potencial para generar ingresos de manera paulatina y conforme se deprecian por su uso, incidiendo en la consecución de los fines de la empresa, no sólo en el ejercicio en que se eroga el costo correspondiente, sino que trasciende a varios periodos fiscales. En consecuencia, tratándose de erogaciones conceptuadas como gastos, su deducción debe realizarse en atención a las normas contenidas en los artículos 22, fracción III, 24, fracción III y, 25, fracción IV, de la ley citada, esto es, en el ejercicio fiscal en que se realizaron, en tanto que respecto de las inversiones, concretamente de bienes de activo fijo, la deducción correspondiente debe hacerse en términos de las reglas señaladas en los artículos 41, 42 y 44 del ordenamiento mencionado, vía depreciación y en los diversos ejercicios fiscales que correspondan al caso.
Contradicción de tesis 134/2003-SS. Entre las sustentadas por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito. 30 de enero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: María Dolores Omaña Ramírez.
Tesis de jurisprudencia 11/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de febrero de dos mil cuatro.
Ejecutoria:
1.- Registro No. 18017
Asunto: CONTRADICCIÓN DE TESIS 134/2003-SS.
Promovente: ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Localización: 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Abril de 2004; Pág. 883;
Énfasis puesto por un servidor.
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- CPHugoocejo
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Bueno, como ya he comentado
estamos realizando un mantenimiento
de un equipo de CFE en su planta.
Y entonces nos solicitan ciertos equipos
para ingresar a planta.
Entonces nos solicitaron una bomba que
no la conseguimos en renta
solo a la venta, asi q lo tuvimos que
comprar, costo 15 mil pesos con iva incluido.
Puedo enviarlo directo al gasto y
no via depreciacion.
dmorales
Como sugerencia, podrias usar el buscador, dado que ese tema ya ha sido tratado varias veces y en forma amplia.
saludos
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- mozart
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saludos
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- ficalito09
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Bueno, como ya he comentado
estamos realizando un mantenimiento
de un equipo de CFE en su planta.
Y entonces nos solicitan ciertos equipos
para ingresar a planta.
Entonces nos solicitaron una bomba que
no la conseguimos en renta
solo a la venta, asi q lo tuvimos que
comprar, costo 15 mil pesos con iva incluido.
Puedo enviarlo directo al gasto y
no via depreciacion.
bien mira aqui debes de definir si dicho activo se quedara con ustedes o se quedara con el cliente si fuese que se quedaran ustedes con el puedes manejarlo como activo fijo de la compañia y irlo depreciando año con año o a sus vez lo puedes mandar al gasto directamente dependiendo que es lo que te convenga
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